Las víctimas pedirán a Rubalcaba delimitar el reglamento penitenciario para evitar casos de falsos arrepentidos etarras

Actualizado: domingo, 5 septiembre 2010 13:47

El miércoles se constituirá la Comisión de Seguimiento que vigilará los traslados y beneficios a presos de la banda terrorista

MADRID, 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

Las víctimas del terrorismo pedirán al ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, delimitar al máximo el Reglamento Penitenciario y, en concreto, la aplicación de su artículo 100.2 para los casos de terrorismo, así como ser informadas caso por caso de todos los movimientos y beneficios otorgados a los internos de la banda terrorista ETA. El fin es evitar falsos arrepentimientos de etarras que puedan aprovecharse del articulado actual para mejorar su situación en prisión.

Según informaron a Europa Press fuentes del colectivo de víctimas, ésta será una de las primeras decisiones a adoptar por la Comisión de Seguimiento creada a iniciativa de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) con el fin de vigilar la política penitenciaria seguida por el Gobierno socialista. Este organismo se constituirá oficialmente el próximo miércoles día 8 con una primera reunión en la que aprobará su línea de actuación que tendrá un carácter técnico, aunque también contará con una "declaración de mínimos".

Uno de los primeros objetivos será concertar encuentros con el ministro del Interior y la secretaria general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, a fin de exponerles los resultados de estas reuniones, precisaron las mismas fuentes. La Comisión estará integrada por cinco personas repartidas entre abogados, víctimas y técnicos, que abordarán la actual interpretación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario por el cual al menos dos presos etarras se han acogido en las últimas semanas a beneficios penitenciarios.

Tras la Ley Orgánica 7/2003 de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas, el acceso al tercer grado --acudir a la prisión sólo para dormir-- tan sólo es posible para aquellos condenados por terrorismo que hayan cumplido al menos la mitad de su condena, que hayan acreditado su arrepentimiento y muestren su disposición a reparar económicamente a sus víctimas así como a colaborar con la Justicia. Sin embargo, el artículo 100.2 tiene una aplicación más flexible que contempla diversas posibilidades en función de otros requisitos.

Este es el caso de los internos en la cárcel alavesa de Nanclares de Oca, Fernando de Luis Astarloa y Andoni Muñoz, quienes, en virtud de ese artículo, tienen permiso para abandonar la prisión a diario para participar durante unas horas en talleres para su reinserción, una medida a la que podrían acogerse más etarras en el futuro. No obstante, este mismo artículo ha servido en otras ocasiones para otorgar permisos de hasta 6 días a otros internos o incluso la posibilidad de terminar de cumplir condena en su casa "por razones humanitarias" como fue el caso del terrorista José Ignacio de Juana Chaos.

El artículo 100.2 se encuentra englobado en el Capítulo II del Reglamento Penitenciario sobre 'Clasificación de penados', concretamente en el apartado en el que se especifica la 'Clasificación penitenciaria y principio de flexibilidad".

"Con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad", recoge el artículo.

100.2, INTERPRETACIÓN DEMASIADO FLEXIBLE

Las víctimas entienden que esta redacción deja abierta la puerta a una interpretación demasiado flexible que ahora quieren delimitar al menos para los casos de terrorismo.

La aplicación del 100.2 se concede en virtud de informes elaborados por los técnicos de Instituciones Penitenciarias y con la posterior aprobación de la Fiscalía y en última instancia del juez de Vigilancia Penitenciaria. Para beneficiarse de esta medida es preciso haber cumplido una parte considerable de la condena y el preso debe haber mostrado "factores positivos" en su comportamiento en prisión.

Se trata de un paso intermedio entre el segundo grado --en el que se encuentra la mayoría de presos-- y el tercero, que permite asistir a la cárcel tan sólo para dormir, un beneficio del que tan sólo disfruta uno de los presos condenados por terrorismo en el penal de Nanclares de Oca, según explicaron fuentes penitenciarias.

"DECLARACIÓN DE MÍNIMOS"

En este sentido, la primera reunión de la Comisión de Seguimiento también aprobará trasladar a Rubalcaba y a Gallizo una "declaración de mínimos" que constará de varios puntos en los que fijarán su posición sobre estos asuntos. El objetivo es mostrar su rechazo a que la política de división del colectivo de presos de la banda seguido por Ejecutivo derive en un exceso de privilegios para los terroristas sin la garantía previa de su arrepentimiento y los requisitos que marca la Ley.

En el mes de julio, el principal colectivo de víctimas ya anunció que no descarta movilizar a la ciudadanía para manifestarse en contra de la política penitenciaria del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, ya que a su juicio aplicar "beneficios" a presos de ETA es una actuación "inmoral, injusta e inadmisible".

"Consideramos un insulto y una burla a las víctimas que desde el Ministerio del Interior se justifiquen los beneficios a terroristas de ETA argumentando que ya no son miembros de esta banda terroristas y alegando que han pedido perdón a las víctimas", argumentó la AVT.

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