Publicado: martes, 9 enero 2018 12:01

PAMPLONA, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Pamplona volverá a destinar este año 2018 un total de 190.000 euros al 'Bono Taxi', un programa de ayudas para personas con graves discapacidades de movilidad, de manera que puedan tener acceso a usar un medio de transporte adaptado como es el taxi de forma alternativa al transporte urbano colectivo. El anuncio de la convocatoria, disponible en la base de datos nacional de subvenciones, ha sido publicado este martes en el Boletín Oficial de Navarra, por lo que el plazo de presentación de solicitudes comienza mañana miércoles.

Este programa municipal busca "favorecer el desplazamiento en la ciudad de las personas afectadas en su movilidad ayudándoles a desarrollar una vida independiente y, en consecuencia, disfrutar de los mismos derechos en las mismas condiciones que los demás ciudadanos". Durante el año 2017, un total de 385 personas han podido acogerse a este programa, 96 más que el año anterior, gracias al incremento de la partida presupuestaria en 30.000 euros, que el año pasado pasó de 160.000 a 190.000 euros.

DESPLAZAMIENTOS EN LA COMARCA DE PAMPLONA

Mediante esta iniciativa, se regulan ayudas individuales, en forma de tarjeta bono-taxi (tarjeta monedero electrónica). Se trata de una ayuda económica que, a través de una tarjeta electrónica, será utilizada por las personas beneficiarias en sus desplazamientos personales durante el año 2018.

Los bono-taxis serán de uso personal e intransferible. Podrán utilizarse en cualquier tipo de taxi del servicio público de la Comarca de Pamplona para desplazamientos dentro del término municipal y para desplazamientos dentro del área interurbana del transporte público de la Comarca de Pamplona.

A la petición del taxi, la persona beneficiaria deberá advertir con antelación de la utilización de esa tarjeta monedero y estará obligado a presentar, a solicitud de los taxistas, su identificación personal mediante DNI u otro documento que la acredite. En la resolución emitida por el centro de reconocimiento de discapacidad deberá constar la dificultad de movilidad del solicitante para utilizar el transporte colectivo.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL SERVICIO?

Para ser beneficiaria de la ayuda convocada se debe estar empadronada en Pamplona desde el 1 de enero de 2017 y permanecer de alta en el Padrón Municipal mientras se perciba la ayuda. Además, se deberá tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y un mínimo de 7 puntos en el baremo que mide la dificultad de acceso al transporte colectivo. Todo ello acreditado en el Certificado Oficial de Discapacidad. La persona beneficiaria no deberá poseer carné de conducir o, habiéndolo tenido, no podrá encontrarse en condiciones físicas para conducir derivadas de su discapacidad; no podrá poseer vehículo propio adaptado para la conducción por persona con discapacidad motora, en el supuesto de solicitantes mayores de 18 años.

Finalmente la unidad familiar no podrá superar los ingresos anuales detallados en las bases en relación a la última declaración del IRPF y el IPREM, ni tendrá un patrimonio superior a 150.000 euros, exceptuando el valor de su vivienda habitual.

Todas las personas interesadas en estas ayudas pueden presentar las solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento, en sus registros auxiliares o en cualquiera de los previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de solicitud comenzará al día siguiente de la publicación de las bases en el BON y abarca todo el periodo de vigencia de la convocatoria, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2018. Las solicitudes presentadas con posterioridad al 31 de octubre de 2018 quedan supeditadas al presupuesto y a la convocatoria de 2019.

CUANTÍAS QUE SE PUEDEN PERCIBIR

La máxima cuantía que podrán percibir los beneficiarios se determinará en función de su cualificación respecto al baremo para medir la dificultad de acceso a los transportes colectivos (dependiendo de la dificultad de movilidad del solicitante acreditada en su certificado oficial de discapacidad). Para los apartados A, B y C de ese baremo establecido en el Real Decreto 1971 / 1999, no podrá superar los 103 euros. Será de 62 euros al mes para un mínimo de 7 puntos de los apartados D, E, F, G y H .

En el caso de que la persona beneficiaria viva en un centro residencial, las cuantías no podrán superar los 86 y 52 euros, respectivamente. No obstante, se concederá un 25% adicional (hasta 129 o 78 euros, en cada caso), si se acredita la necesidad diaria de utilizar el taxi para acudir a un centro de trabajo o a un centro de estudios de enseñanza reglada post-obligatoria (Bachillerato, FP, Universidad...), siempre que el centro no ofrezca la posibilidad de un medio de transporte adaptado o adecuado a este tipo de personas usuarias.

Por su parte, se reducirá en un 10% (cuantía mensual máxima de 93 y 56 euros) cuando estas personas beneficiarias sean titulares de tarjeta de aparcamiento por para discapacidad, algo que no afectará a quienes vivan en centros residenciales, estudien o trabajen.

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