El Gobierno de Navarra aprueba la extinción de los concejos de Artozqui, Leranotz y Yárnoz

Actualizado: lunes, 20 diciembre 2010 18:18

Pasarán a incorporarse al Concejo de Azparren, y a los ayuntamientos de Esteríbar y Noáin-Valle de Elorz, respectivamente

PAMPLONA, 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Navarra ha aprobado los respectivos acuerdos por los que se extinguen los concejos de Artozqui (Arce), Leranotz (Esteribar) y Yárnoz (Noáin-Valle de Elorz).

En el caso del Concejo de Artozqui, la extinción responde al acuerdo firmado en 2003 con la Fundación Itoiz-Canal de Navarra, el Ayuntamiento del valle de Arce, el Concejo de Artozqui y el Concejo de Azparren, por el que se ponía de manifiesto que, dentro de las afecciones de la construcción y llenado del embalse de Itoiz, se producía una completa anegación de la localidad de Artozqui y que, por consiguiente, el citado concejo debería extinguirse mediante su incorporación al Concejo de Azparren.

En sesión celebrada el 12 de diciembre de 2009, el Concejo de Artozqui acordó por mayoría absoluta la modificación del mismo mediante la incorporación de su territorio al ámbito territorial del Concejo de Azparren. Tras la preceptiva audiencia al Ayuntamiento de Arce y a los dos concejos y la información pública, en la que no se presentó alegación alguna, se adopta ahora el acuerdo al respecto.

El procedimiento a seguir será formar un inventario de todos los bienes de Artozqui, a efectos de su incorporación al Concejo de Azparren y la liquidación de las cuentas del Concejo de Artozqui, incorporándose a los presupuestos del Concejo de Azparren las obligaciones pendientes de pago y los derechos pendientes de cobro, y a la tesorería todos los recursos financieros correspondientes al concejo que se extingue. Asimismo, se levantará acta de la entrega de bienes, archivos y sellos al Concejo de Azparren.

El acuerdo de extinción de los concejos de Leranotz y de Yárnoz se ha adoptado, en ambos casos, en cumplimiento de la disposición adicional primera de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio (art.44.1b).

Según esta disposición, deberán quedar extinguidos los concejos que no alcancen las condiciones de población y unidades familiares que en tal precepto se determinan (16 habitantes o tres unidades familiares, al menos, aunque se alcance la población mencionada, durante tres años consecutivos).

Tanto en Leranotz como en Yárnoz, en 2007, 2008 y 2009, el número de habitantes no ha pasado de los 14. Así, en aplicación de la ley, procede que el Gobierno de Navarra decrete la extinción de dichas entidades locales.

El procedimiento a seguir en los dos casos supone inventariar todos los bienes de los dos concejos a efectos de su incorporación a los ayuntamientos de Esteribar y de Noáin-Valle de Elorz.

Asimismo, supone la liquidación de las cuentas de los concejos y la incorporación a los presupuestos municipales de sus respectivos ayuntamientos de las obligaciones pendientes de pago y los derechos pendientes de cobro, y a la tesorería municipal todos los recursos financieros correspondientes al Concejo que se extingue.