Recomendaciones sobre contratación y facturación de suministros

Suministros
EUROPA PRESS/COMUNIDAD DE MADRID
Actualizado: viernes, 26 octubre 2012 21:18


MADRID, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid ha publicado en la web del Portal del Consumidor un nuevo reportaje de recomendaciones para el consumidor sobre contratación y facturación y suministros para así evitar posibles futuras reclamaciones, ha informado el Gobierno regional, ha informado el Gobierno regional en un comunicado.

Desde que se liberalizó el mercado y aparecieron las empresas comercializadoras, que ahora se encargan de la facturación, en lugar de las distribuidoras, el consumidor recibe numerosas ofertas, descuentos y publicidad de empresas de gas y electricidad, que a menudo generan dudas.

Una de las cosas más importantes que hay que tener en cuenta es que si se contrata por teléfono o a domicilio, se dispone de siete días para desistir de esa decisión sin tener que dar ninguna explicación y sin penalización.

También se debe saber que los contratos de gas y electricidad que se rigen por la Tarifa de Último Recurso (establecida por el Gobierno), tienen que durar como mínimo un año. Después se puede cambiar de empresa; pero si se hace antes del año, el cliente podría ser penalizado.

Conviene tener precaución frente a comerciales que visitan al usuario a domicilio u ofrecen descuentos por teléfono. No se deben facilitar facturas ni datos personales, a no ser que se decida contratar. Por teléfono, la conversación queda grabada. En cualquier caso, es aconsejable solicitar siempre la información por escrito.

Consumo recomienda prestar atención periódicamente a las facturas de luz y electricidad para comprobar que se tiene contratada la potencia correspondiente y que se están aplicando los descuentos acordados. También recuerda que hasta final del año 2012, las facturas de la electricidad se verán incrementadas debido a la refacturación de los peajes de acceso, que en su día se congelaron y ahora debe aplicarse la subida de forma retroactiva.

En cuanto al mantenimiento de las instalaciones de gas, el propietario de la vivienda es el responsable de realizar una inspección cada cinco años. Ya que en el caso de gas canalizado la empresa distribuidora tiene que enviar al inspector aunque lo pague el usuario, es importante asegurarse de que le han avisado con antelación y de que el instalador está autorizado.