El TS rechaza el recurso del PP contra el nombramiento de consejeros del CSN, que dejó a los 'populares' con un miembro

Escudo de España en la fachada del edificio del Tribunal Supremo, en Madrid a 29 de noviembre de 2019.
Escudo de España en la fachada del edificio del Tribunal Supremo, en Madrid a 29 de noviembre de 2019. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 13 enero 2020 12:52

   MADRID, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

   La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso que interpusieron tres diputados del grupo parlamentario popular en contra de los reales decretos de cese de consejeros y nombramiento de nuevos miembros del pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) --en marzo de 2019-- en el que ahora los 'populares' cuentan con un representante, frente a los tres que tenía hasta entonces.

   Presentado por los diputados Dolores Monserrat, Guillermo Mariscal, Alberto Herrero y Juan Manuel Juncal, el recurso contencioso administrativo se oponía a los reales decretos del Consejo de Ministros de 29 y 30 de marzo respectivamente por los que se cesaba al entonces presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Fernando Marti Scharffaussen; la vicepresidenta, Rosario Velasco y el consejero Fernando Castelló. Al mismo tiempo se nombraba presidente a José María Serena Sender y consejeros a Pilar Lucio, Francisco Castejón y Elvira Romera.

   Sin embargo, el Alto Tribunal considera que los firmantes del recurso carecen de "legitimación activa", de acuerdo no solo con el Abogado del Estado sino también con el Ministerio Fiscal y la letrada de las Cortes Generales, quienes consideran que los recurrentes no tienen la legitimación activa necesaria para impugnar estos actos porque ni la estimación ni la desestimación del recurso, no se deriva de ningún beneficio o ventaja, ni ningún daño o perjuicio.

   El Supremo concluye que "no basta" con discrepar de un acto administrativo o considerar que este no es conforme a Derecho para proceder a su impugnación ante los jueces y tribunales de este orden

   jurisdiccional, sino que es necesario que medie una concreta y determinada relación entre el sujeto promotor del recurso y el objeto del proceso.

   El alto tribunal considera que "en definitiva, la defensa de la legalidad no basta en aquellos supuestos, como el examinado, donde no se reconoce la acción pública".

   A ese respecto, añade que tampoco habría servido que en vez de varios diputados concretos hubiera sido el grupo parlamentario el recurrente pues "ya sea bajo la forma de grupo parlamentario, ya sea bajo la forma de un grupo de diputados del mismo grupo parlamentario, lo que

   determina su falta de legitimación es la ausencia de ese título legitimador".

   En definitiva, insiste en que la propuesta de nombramientos en el caso del Consejo de Seguridad Nuclear corresponde "siempre al Gobierno, sin que el Grupo Parlamentario tenga posibilidad alguna de su modificación", que es lo que, en su caso, "le podría otorgar ese imprescindible interés legitimador" o si su voto hubiera sido determinante del veto del Congreso para tales nombramientos, cosa que no ha sucedido.

   Por último, la Sala Cuarta considera que en realidad "lo que late en la demanda es una crítica a la legalidad del procedimiento" del nombramiento del presidente y consejeros del organismo, y justifica que en esa materia el ordenamiento no contempla el ejercicio de acción pública por lo que, incluso, de habérseles reconocido capacidad procesal no tendrían legitimación "ad causam" que es un presupuesto esencial para la "válida constitución de la relación jurídica procesal".

   De este modo, argumenta que la "mera función política de carácter general" que constitucionalmente tienen atribuida "no es bastante" para conferirles legitimación para impugnar una actuación administrativa, si no existe una conexión específica, un vínculo entre la organización accionante y la pretensión que se ejercita, es decir, entre su actividad o sus fines y el objeto del debate procesal de que se trate.

   Finalmente, insiste en que sus derechos de acuerdo con su función de representantes de los diputados de un grupo político no están afectados por los reales decretos de cese y nombramiento en el regulador nuclear.

   A finales de marzo, el Gobierno aprobó la renovación del pleno del CSN, después de meses de negociaciones entre los grupos parlamentarios. En la nueva configuración, por primera vez entró un consejero que representa a Podemos, el anterior portavoz de Ecologistas en Acción, Francisco Segura; las socialistas Pilar Lucio y Elvira Romera y el presidente, José María Serena. El consejero Javier Díes, cuyo mandato aún seguía en vigor, representa los intereses del PP.*

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