AMPL.-Consejo.- El Gobierno modifica las condiciones de la fusión de Antena 3 y LaSexta por "razones de interés general"

Actualizado: viernes, 24 agosto 2012 18:57

MADRID, 24 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha autorizado este viernes la modificación de las condiciones de la fusión de los operadores de televisión de Antena 3 y LaSexta por "razones de interés general y el mantenimiento de pluralismo informativo".

En rueda de prensa tras la reunión del consejo, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha señalado que esta medida autoriza la concentración de ambos canales de televisión "con condiciones".

En este sentido, ha explicado que el Consejo de Ministros puede establecer variaciones en las condiciones respecto a la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) "por razones de interés general y el mantenimiento del pluralismo informativo, pero sobre todo por el cumplimiento de la liberación del dividendo digital".

Asimismo, ha señalado que "la rapidez en la aplicación" de ese plan han aconsejado modificar las condiciones de esa fusión "en simetría con las que vienen operando en el sector", en alusión a la concentración entre Cuatro y Telecinco.

El pasado 3 de julio, Competencia notificó al Ministerio de Economía la resolución sobre el mencionado expediente, en la que establecía una serie de condiciones para su aprobación. Así, el acuerdo del Consejo de Ministros de este viernes modifica algunas de las condiciones para permitir alcanzar objetivos de regulación sectorial en los ámbitos de las comunicaciones electrónicas --aseguramiento de la realización del proceso de liberación del llamado "dividendo digital"-- y del sector audiovisual (garantía del pluralismo de los medios de comunicación).

MODIFICACIONES

De esta forma, se modifica la condición primera establecida por la Comisión Nacional de la Competencia, relativa al mercado de la publicidad televisiva, al eliminar la obligación a la entidad resultante de comercialización de espacios publicitarios a través de sociedades diferentes.

También se aumenta al 22 por ciento la limitación de la audiencia semestral media conjunta a las ofertas de publicidad televisiva de la entidad resultante, empaquetando varios canales de televisión. Adicionalmente, se modifican las limitaciones al empaquetamiento y la prohibición de vinculación en la comercialización de espacios publicitarios, y las obligaciones de información a incluir en la oferta publicada de productos publicitarios.

Por último, se eliminan las condiciones sobre el proceso de negociación con anunciantes y agencias de medios, sobre el mantenimiento de determinadas bases de datos, y sobre la negociación de las extraprimas.

Además, se modifica el plazo de vigencia de las condiciones a las que se supedita la autorización de la operación, contenido en la condición quinta por lo que dicho plazo pasa de cinco años a tres, prorrogables otros dos.

La Comisión Nacional de la Competencia será la encargada de vigilar el cumplimiento del acuerdo del Consejo de Ministros, de acuerdo con la normativa vigente.