La AN desestima el recurso de apelación presentado por dos imputados en 'Malaya' sobre la competencia del caso

Actualizado: miércoles, 25 abril 2007 23:00


MÁLAGA, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sala Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha desestimado los recursos de apelación presentados por las defensas de dos de los imputados en el caso 'Malaya', Victoriano Rodríguez y Rafael Calleja, sobre la competencia de la causa, según el auto al que tuvo acceso Europa Press.

Los abogados plantearon una cuestión de competencia por inhibitoria, al entender que era la Audiencia Nacional el órgano que debía hacerse cargo del caso. Esta cuestión fue resuelta por el juez del Juzgado Central de Instrucción número 6, Juan del olmo, desestimándola, aunque la resolución fue recurrida en apelación.

Ahora el Tribunal de apelación, formado por los magistrados Juan Francisco Martel, Paloma González y María Teresa Palacios, que fue la ponente, ha rechazado las pretensiones de los recurrentes. Según indicó la representación de Calleja, la lectura que se puede hacer del auto es "que no ha resuelto el objeto del recurso, sino que se ha planteado una cuestión no deducida por los apelantes", por lo que se presentará "un incidente de nulidad".

Las defensas presentaron sendos escritos en los que se planteaba que fuera la Audiencia Nacional la que se hiciera cargo de la causa, al entender, entre otros argumentos, que los informes policiales reconocen que se trata de una investigación "a escala nacional" y de delitos que podrían producir "grave repercusión en la economía del país".

Ambos documentos coincidían en que tanto las intervenciones telefónicas como los registros se practicaron en varias provincias españolas. Además, argumentaron que el decreto de disolución del Ayuntamiento de Marbella se adoptó por el Consejo de Ministros sobre la base de un informe de valoración del abogado del Estado, en el que se indicaba que podía apreciarse "una afectación perjudicial al interés general de la nación", por la "proyección exterior".

El juez del Juzgado Central de Instrucción número 6 rechazó los planteamientos de los letrados, atendiendo al dictamen emitido por el fiscal Anticorrupción, en el que se entendía que había que desestimar la inhibitoria puesto que la investigación "se concentra" en el presunto cerebro Juan Antonio Roca "y en la posición predominante que el mismo logró en el Ayuntamiento de Marbella".

El fiscal señalaba, así, que "toda la trama dispuesta para nutrir ese patrimonio ilícitamente obtenido aparece concentrada en Marbella y su principal protagonista --Roca-- controla desde dicha ciudad tanto los distintos pagos que efectúan los otros imputados como los sucesivos pasos de la actividad municipal".

Además, apuntaba que en dicho municipio es "donde se han puesto de manifiesto las pruebas más significativas de los principales delitos imputados" y decía que de lo actuado hasta el momento "no puede entenderse que se haya producido una grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional" en lo que al delito de maquinación para alterar el precio de las cosas se refiere, puesto que se circunscribe "a unas muy concretas adjudicaciones de servicios públicos".

Asimismo, en cuanto al blanqueo, el cohecho, la prevaricación o el tráfico de influencias, afirmaba que "difícilmente encajan" en lo contenido en la legislación sobre defraudaciones y asegura que "no está acreditada por el momento la cuantía de los bienes presuntamente malversados, pues no se ha realizado prueba pericial.

Respecto al argumento de los imputados sobre el interés general en la disolución del Ayuntamiento, el fiscal indicaba que los hechos que justifican dicha medida "no pueden hacerse sin más coincidir con los que constituyen el objeto de la investigación". "Es la situación de vulneración sistemática de la legalidad, reiterada en el tiempo, por parte de la referida Corporación, la que va a determinar la iniciativa de su disolución".