El Centro Chino de Adopciones fija requisitos prioritarios para concederlas a extranjeros desde el 1 de mayo de 2007

Actualizado: miércoles, 27 diciembre 2006 15:22

MADRID, 27 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Centro Chino de Adopciones (CCAA) ha emitido una comunicación oficial con los requisitos que tendrá en cuenta, a partir del 1 de mayo de 2007, como prioritarios en las solicitudes de adopción de niños chinos por parte de extranjeros. Por ello, aquellas peticiones que no los cumplan serán consideradas una vez se resuelvan las que sí se ajusten a estos criterios.

En su escrito, el CCAA explica que actualmente el número de solicitudes para la adopción de niños chinos está creciendo "muy rápidamente" pero que, "desgraciadamente", el número limitado de menores disponibles para la adopción internacional "está lejos de poder cubrir la demanda de las familias adoptantes extranjeras".

Por ello, concreta que los adoptantes que cumplan con las condiciones establecidas están "más de acuerdo" con el espíritu de La convención de la Haya y la ley de adopción de China y los países de origen de los adoptantes, además de que las familias que adopten a los niños podrán ofrecer "el mejor hogar posible para el desarrollo de los menores adoptados".

Entre las prioridades están que los solicitantes han de tener una relación de matrimonio estable, compuesto por un hombre y una mujer. En el caso de que ni el marido ni la mujer se hayan divorciado anteriormente, han de estar casados durante dos años y, si uno de los dos ha tenido divorcios anteriores (no más de dos veces), han de estar casados durante más de cinco años.

Ambos adoptantes deben tener al menos treinta años de edad y no más de cincuenta, mientras en el caso de adopción de niños con necesidades especiales han de haber cumplido los treinta años de edad pero no superar los cincuenta y cinco años. Además, la mujer y el marido han de estar completamente sanos, tanto físicamente como psicológicamente.

LÍMITES POR ENFERMEDADES.

En todo caso, los adoptantes no pueden tener sida, retraso del desarrollo intelectual, enfermedades contagiosas en la etapa de contagio, ceguera en ambos ojos o visión casi nula o ceguera en un ojo sin prótesis ocular instalada ni sordera de ambos oídos o pérdida de la capacidad del habla pero los adoptantes que soliciten niños de necesidades especiales con estos mismos problemas estarán exentos de estos requisitos.

Asimismo, tampoco tienen que padecer deformaciones, parálisis y minusvalía en las extremidades o el tronco que causan disfunción ni deformaciones severas en la cara; enfermedades graves que requieran un tratamiento de larga duración y que afecten a su expectativa de vida, como tumores malignos, lupus eritomatoso, nefrosis o epilepsia, según establece el CCAA en su comunicado.

Además de la necesidad de que haya transcurrido un mínimo de diez años tras un transplante de un órgano vital de los adoptantes y dos años después de suspender el tratamiento con medicamentos contra enfermedades graves psicológicas como depresiones, manía o ansiedad, no pueden estar aquejados de esquizofrenia y han de tener un índice de masa corporal (IMC) = 40.

El marido o la mujer ha de tener un trabajo estable de forma que, incluido el menor que va a ser adoptado, los ingresos anuales per cápita de la familia sean igual o superiores a 10.000 dólares y su patrimonio neto esté valorado en un mínimo de 80.000 dólares. Los ingresos provenientes de subsidios, compensaciones del estado, el paro, pensiones de alimentos, no serán contabilizados como ingresos anuales de la familia.

Tanto el marido como la mujer han de tener el nivel de estudio superior al bachillerato o COU o alguna formación profesional oficial equivalente. El número de hijos que convivan con la familia, menores de 18 años, no puede superar cinco, y el más pequeño ha de tener un mínimo de un año de edad. Ningún miembro del matrimonio pueden haber tenido alguna sanción penal, debiendo comportarse ambos honestamente, tener buenos principios morales y respetar normativas y leyes.

No pueden haber estado implicados en un historial de violencia doméstica, abusos sexuales, abandono o maltratos a menores; abusado de narcóticos como el opio, morfina, marihuana, cocaína, heroína, anfetaminas, o medicaciones para enfermedades mentales que puedan causar dependencia, ni abusado de alcohol, caso en el que ha de haber dejado de consumir alcohol por lo menos durante diez años.

Las solicitudes de adopción de aquellos que hayan tenido menos de tres antecedentes penales que no hayan causado consecuencias graves y hayan estado un mínimo de diez años corrigiendo estas sanciones, igual que si han sido sancionados, menos de 5 veces, por violar el Código de Tráfico, sin consecuencias importantes, serán consideradas según la situación, esto es, caso a caso.

OFRECER UNA FAMILIA "AFECTUOSA".

Los futuros adoptantes han de estar familiarizados correctamente con el proceso de adopción, y preparados para ofrecer una familia "afectuosa" para los niños, así como proveer de todas las necesidades que necesite el menor adoptado para su buen desarrollo. Han de comprender también el significado de la adopción internacional y estar psicológicamente preparados para los posibles riesgos que conlleva, como posibles enfermedades, desarrollo tardío del menor o mala integración en la familia.

Finalmente, el Centro Chino de Adopciones reclama que las familias adoptantes han de prometer "claramente" en la solicitud para la adopción la realización de seguimientos tras la adopción y enviar estos cuando se les sea solicitado. A los efectos de los cumplimientos de los requisitos (en cuanto a fechas y edades), se tendrá en cuenta como referencia la fecha de registro de la solicitud de adopción en el CCAA.

"El CCAA, sinceramente, desea cooperar con ustedes y dar mejores servicios, tanto a las familias adoptivas como a los niños que sean adoptados y para ayudar que los niños chinos adoptados crezcan en una familia llena de felicidad, amor y comprensión. Muchas gracias por su comprensión y asistencia", concluye.