El CGPJ acordará mañana dirigirse a Justicia para que le remita el proyecto de ley de identidad para transexuales

Actualizado: martes, 27 junio 2006 20:42

Justicia y la minoría progresista del CGPJ entienden que no es preceptivo el informe sobre la Ley, que se tramitará en septiembre

MADRID, 27 Jun. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará, previsiblemente mañana, una propuesta de la mayoría conservadora para reclamar al Ministerio de Justicia que le remita el proyecto de Ley de Identidad para transexuales, para poder así realizar un informe sobre la futura norma.

Los vocales Alfonso Prego, Javier Laorden y José Luis Requero entienden que el Gobierno debe remitirles este proyecto de Ley teniendo en cuenta que establece una serie de requisitos para modificar la inscripción relativa al sexo de una persona en el Registro Civil, así como en los documentos públicos, como el DNI, según informó a Europa Press, Requero.

En concreto, la norma aprobada el pasado día 2 por el Consejo de Ministros permitirá a estas personas cambiar el nombre y el sexo en sus documentos sin necesidad de haberse sometido a una operación. Fuentes del Ministerio de Justicia consideran que "no es preceptivo" el informe del Consejo sobre este asunto. Luis Aguiar, vocal de la minoría progresista del CGPJ, es de la misma opinión.

En cualquier caso, el proyecto de Ley retomará su trámite en el Congreso de los Diputados el próximo mes de septiembre, después de que la mesa de esta Cámara haya decidido ampliar el plazo de presentación de enmiendas para después de las vacaciones de verano.

COMPETENCIAS DEL CGPJ

Los vocales conservadores del CGPJ mantienen que la Ley Orgánica que regula este órgano le atribuye la competencia para informar sobre anteproyectos que afecten a aspectos del ejercicio de derechos fundamentales y sobre el funcionamiento de juzgados y tribunales, entre otros.

Según Requero, el CGPJ de momento no tiene una opinión oficial sobre el contenido del proyecto de Ley y únicamente pretende llamar la atención del Ejecutivo sobre las competencias que posee para informar sobre la citada normativa. "Sería una temeridad hacer ahora una consideración sobre el texto", destacó.

No obstante, a título personal, este vocal de la mayoría conservadora del CGPJ valora que el objetivo del proyecto redactado por el Gobierno es "facilitar una inscripción relativa al sexo". En este sentido, señaló la necesidad de "analizar las consecuencias jurídicas" en aspectos como el derecho de familia o en la futura Ley de Igualdad.

LUIS AGUIAR: "NO AFECTA A DERECHOS FUNDAMENTALES"

Por su parte, el vocal progresista Luis Aguiar explicó a Europa Press que el informe del CGPJ no es preceptivo para esta ley dado que "no afecta a derechos fundamentales" y la función del juez "no es jurisdiccional sino meramente administrativa". Además, Aguiar cree que el objetivo de los jueces conservadores es realizar un informe negativo del proyecto redactado por Justicia.

Asimismo, desde el punto de vista formal, Aguiar entiende que Justicia ya no puede remitirles el proyecto de Ley dado que se encuentra en trámite parlamentario. De lo contrario, considera que se podría producir una interferencia del CGPJ en el poder legislativo.

LA LEY DE IDENTIDAD

La Ley que pretende impulsar el Gobierno (reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas) tiene como finalidad ordenar los requisitos necesarios para modificar la inscripción relativa al sexo de una persona en el Registro Civil, cuando dicha inscripción no se corresponde con su verdadera identidad de género. Asimismo, contempla el cambio del nombre propio para que no resulte discordante con el sexo reclamado.

En aras de la seguridad jurídica y las exigencias del interés general, el proyecto de Ley establece una serie de requisitos para proceder al cambio de identidad, empezando por un diagnóstico de disforia de género", mediante informe de médico o psicólogo colegiado.

Además, deberá probar que ha sido tratada médicamente durante, al menos, dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado. La acreditación del cumplimiento de este requisito se efectuará mediante informe del médico colegiado bajo cuya dirección se haya realizado el tratamiento.