Discrepancias sobre la idoneidad de convertir en delito infracciones de tráfico

Actualizado: domingo, 26 febrero 2006 14:33

MADRID, 26 Feb. (EUROPA PRESS)

Las asociaciones de automovilistas han reaccionado de forma diversa ante la propuesta realizada esta semana en el Congreso de los Diputados por el director general de Tráfico, Pere Navarro, de convertir en delito conducir con el doble de tasa de alcoholemia permitida y superar en 60 kilómetros por hora el límite de velocidad establecido.

Así, mientras el Real Automóvil Club de España (RACE) lo considera "una buena medida" para reducir los accidentes de tráfico, aunque con ciertas reservas, Automovilistas Europeos Asociados l(AEA) lo rechaza al considerar que pretende convertir en delito "actuaciones de riesgo y no de resultado", porque estas ya están tipificadas en el Código Penal y, por tanto, ya se consideran delito.

En concreto, el presidente de AEA, Mario Arnaldo, señaló a Europa Press que, con esta propuesta, la DGT "está reconociendo que la Administración ha fracasado en su función constitucional de prevenir las conductas infractoras y evitar los accidentes, endosándoselo al poder judicial", con lo que "desnaturaliza" la función de los jueces.

Arnaldo expresó su oposición a que se pretenda convertir en delito y se quiera meter en la cárcel a la gente por situaciones que sólo son de riesgo pero en las que no se ha producido ningún resultado lesivo. A su juicio, esto se debe a que "no se está haciendo bien el trabajo, porque aplicar el Código Penal en situaciones en las que no se producen víctimas supone un fracaso de la sociedad en la lucha contra los delitos, porque no los previene", insistió.

Según explicó, "conducir a una velocidad excesiva ya es delito en en Código Penal y se ha condenado a automovilistas por, por ejemplo, conducir a 80 km/h en una zona peatonal, porque produjeron una situación riesgo concreta que quedó acreditada".

En este sentido, explicó que actualmente lo que hace la DGT es aportar una foto al juzgado con el dato objetivo de un vehículo circulando con exceso de velocidad "que en sí mismo no dice nada", pero no se acredita el riesgo creado, si existe. Por ello, no entiende "por qué se quiere que sea un juez quien sancione, cuando la administración puede poner sanciones económicas sin mandarlo a los tribunales". Además, apostilló que, según las propias estadística de Tráfico, la velocidad excesiva solo está presente en menos del 3 por ciento de lo accidentes con víctimas.

En este sentido, recordó que en 2004 Francia se hizo una reforma en el Código Penal en la que se castigaba con pena de prisión a quien circulara a más de 50 km/h de la velocidad permitida. Tras la entrada en vigor de esa normal se redujo la mortalidad en la carretera en un 8,7 por ciento en 2004 y un 4,6 por ciento en 2005, frente al 21 por ciento de 2003, antes de que se aplicara la medida legal. Por ello, a su juicio, la medida que realmente reduciría los riesgos ciertos en carretera sería el aumento de la presencia de agentes de tráfico 'in situ'.

"Un vehículo puede circular a 240km/h y si nadie le para esa actividad actuación quedará impune --destacó--, aunque días después el conductor recibirá en su casa una colección de fotografías con el dato objetivo de la velocidad, pero no del riesgo creado", explicó.

Añadió que, además, la medida "no está en la línea de la UE, como dijo esta semana el director general de la DGT, porque "no es muy entendible" que se quiera convertir en delito lo que en otro país de la UE ya que, por ejemplo, en Alemania no hay límites de velocidad.

Y recordó, finalmente, que estas medidas tampoco son originales ya que las propuso CiU en unas enmiendas en el Senado en la última reforma del Código Penal que entró en vigor en 2004, y que entonces fueron rechazadas. "La paternidad de las medidas que ahora se proponen son de CiU", precisó.

DELITO TAMBIEN CONDUCIR SIN OBTENER EL PERMISO

Un poco más matizada, en cambio, es la opinión del RACE que considera que las propuestas son "una buena medida para reducir los accidentes de tráfico" si bien, las fuentes consultadas por Europa Press puntualizan que "debe ser valorada con prudencia, ya que entra en conflicto con algunas de las medidas adoptadas en los últimos meses en materia de tráfico".

En este sentido, admiten que "introducir la figura penal en los delitos de conducción de un vehículo, habiendo sido privado del mismo por suspensión o cancelación, evitará que haya conductores que cojan el vehículo en estas condiciones, lo que supone eliminar el riesgo de fugas ante accidentes, o situaciones de riesgo para evitar las graves consecuencias jurídicas" pero lamenta que "quede fuera la posibilidad de incluir como delito la conducción de vehículos sin haber obtenido nunca la autorización, cuando se trata de la misma situación de riesgo o incluso mayor" que la propuesta por el director de la DGT.

Por lo que se refiere a conducir con el doble de tasa de alcohol de la permitida, "definirá un criterio objetivo para actuar frente a estos delitos, ya que la actual indefinición entre la sanción administrativa, al superar la tasa establecida, y el delito contra la seguridad del tráfico sería finalmente superada, estableciendo criterios comunes de actuación, tanto para los agentes de tráfico como para los jueces y fiscales", aunque echa en falta que se incluyan criterios similares para la conducción bajo los efectos de las drogas, "ya que no se puede definir la influencia de este tipo de sustancias, como se viene realizando hasta ahora con el alcohol".

En materia de exceso de velocidad, aunque el RACE apoya la medida propuesta, precisa que marcar la diferencia de 60 km/h para la definición de delito "puede entrar en conflicto con los derechos fundamentales de los conductores, máxime si una imagen fotográfica puede servir como prueba de cargo en la imputación de un delito. En el caso de una infracción por encima de los 180 km/h en autopista o autovía --argumenta--, supondría de hecho la desaparición de la sanción muy grave, para convertirse automáticamente en un delito contra la seguridad del tráfico, lo que conllevaría siempre la pérdida definitiva del permiso para conducir cualquier vehículo".

Pero, además, el RACE apostilla en combinación con las medidas a corto plazo que se están adoptando los últimos meses, como modificaciones en las sanciones sobre determinados supuestos (cinturón, teléfono móvil, sistemas de retención infantil...), entrada en vigor de nuevas leyes (Permiso por puntos) o propuestas de modificación del Código Penal "se necesitaría la adopción de propuestas a largo plazo".

En este sentido, aboga por la Educación Vial en los colegios, una modificación de los planes de formación en autoescuelas, la necesaria puesta en marcha de políticas de prevención de riesgos laborales derivados de la conducción, o la mejora de las infraestructuras en las vías españolas", asi como un programa de investigación "que sirviera de soporte a la introducción de las medidas normativas, que justifique el porqué de las medidas que se proponen y su efectividad".