El Gobierno valenciano quiere que el Corpus Christi de Valencia se declare Bien de Interés Cultural Inmaterial

Actualizado: domingo, 21 febrero 2010 14:32

VALENCIA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Cultura de la Comunidad Valenciana, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, ha iniciado los trámites para la declaración de Bien de Interés Cultural Inmaterial a favor del Corpus Christi en Valencia.

Así lo indicó en un comunicado la directora general de Patrimonio Cultural Valenciano, Paz Olmos, quien recordó que el Corpus Christi ha sido, "durante siglos, la fiesta principal de la ciudad de Valencia", que fue "una de las primeras ciudades de Europa en celebrarla". Por ello, la Generalitat "vela por la protección total de una de las fiestas más típicas del mediterráneo, y sobre todo muy valenciana".

Para la directora general, esta es "posiblemente la más valenciana de todas las celebraciones rituales de la Comunitat". Así, la primera procesión de la que se tiene noticia tuvo lugar en 1355, por iniciativa del obispo Hug de Fenollet y a partir de 1372 la fiesta del Corpus tuvo celebración anual y se convirtió en lugar de encuentro de todos los aspectos espirituales, patrimoniales y de identidad de la ciudad durante varios siglos, al menos hasta finales del XIX.

Desde entonces, la iniciativa de la celebración pública de la fiesta partía del obispo, a través del cabildo de la Catedral y era inmediatamente secundada por el gobierno municipal. En el siglo XX la procesión fue languideciendo, pero la iniciativa eclesial y municipal, junto con la voluntad popular expresada a través del asociacionismo, recuperaron una fiesta que, más allá de sus elementos espirituales y catequéticos, es una muestra compleja de la celebración del Misterio de la Vida.

La fiesta del Corpus Christi ha tenido algún cambio en su celebración a lo largo de los siglos y, en la actualidad, se practica el octavo domingo después del domingo de Pascua, es decir, el día en que la Iglesia en Valencia celebra esa Solemnidad en honor del Santísimo Sacramento del Altar.

Históricamente, el patrono de la fiesta en su dimensión cívica es la 'Ciutat', es decir el Ayuntamiento de Valencia, que organiza los aspectos externos de la fiesta desde la Crida o convocatoria original. Este derecho va más allá de la necesaria separación constitucional entre el Estado y la Iglesia, ya que supone un valor adquirido durante más de seiscientos cincuenta años, así como un privilegio que también ha servido para construir los rasgos más relevantes de la celebración.

Pese a que la mayor parte de los elementos que conforman la fiesta se encuentran en otras celebraciones del Corpus --como los gigantes, las danzas o los carros triunfales-- pero "la armonización de estos diversos factores, así como su especial pervivencia, convierten a la Festa del Corpus en un elemento singular y digno de la mayor protección que la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano otorga a aquellos elementos del llamado Patrimonio Inmaterial o Intangible", destacó Olmos.

MODELO PARA OTRAS PROCESIONES

Otro valor añadido de esta celebración, ha sido su valor como modelo de las demás procesiones de la Comunitat Valenciana, sobre todo aquellas que celebran el Corpus con elementos rituales, simbólicos y lúdicos, imitando la fiesta de Valencia. Su influencia ceremonial, así como el antiguo derecho, exclusivo de la llamada Coronilla de Aragón de celebrar las procesiones por la tarde, convierten esta celebración en una fiesta total, típica y tópicamente mediterránea, y sobre todo muy valenciana.

La gestión cívica de la Solemnidad del Corpus Christi, al margen de los actos litúrgicos que corresponden a la Iglesia es competencia del Ayuntamiento de Valencia y del Cabildo Metropolitano, quienes decidirán en colaboración con los actores secundarios sobre aspectos materiales e inmateriales, así como el desarrollo de los actos de la festividad anual.

Todos aquellos cambios que excedan del normal desarrollo de los elementos descritos deberán comunicarse a la Dirección General competente en la materia del Patrimonio Cultural para que reciban la autorización administrativa.