La Ley Trans de Irene Monteo pide un solo requisito para el cambio de sexo en el Registro Civil: La declaración expresa

Actualizado: miércoles, 3 febrero 2021 8:22

El borrador del texto mantiene la identidad de género como centro de las desigualdades a pesar de la opinión contraria del PSOE

MADRID, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

 El borrador de la Ley Trans que ha redactado el Ministerio de Igualdad, y que se pretende llevar al Consejo de Ministros en la primera quincena de febrero, elimina la despatologización de la transexualidad, permitiendo el cambio de sexo sin necesidad de pruebas médicas o psicológicas, y recoge como único requisito para el cambio en el Registro Civil la "declaración expresa" de la persona.

   El equipo de la ministra Irene Montero, se encuentra en la actualidad negociando esta norma, a la que ha tenido acceso Europa Press, con la vicepresidenta primera de Gobierno, Carmen Calvo, por lo que es susceptible de sufrir algún cambio antes de su aprobación por parte de todos los miembros del Ejecutivo.

   Sin embargo, a pocos días de que el Consejo de Ministros le dé la luz verde, la ley sigue recogiendo algunos temas que han causado desavenencias entre los socios de Gobierno, así como a diferentes sectores del feminismo, como son la despatologización de la transexualidad o la autodeterminación de género.

   En cuanto al primer tema, la norma recoge que la rectificación registral de la mención del sexo "en ningún caso podrá estar condicionada a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno", algo que sí se exigía en la legislación actual, en concreto, un informe médico que diagnosticara a la persona transexual una distrofia de género.

   Tampoco serán necesarias, cuando se apruebe la norma, "la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a hacer uso de tales medios".

A PARTIR DE LOS 16 AÑOS

   Del mismo modo y, según explica Igualdad, para dar cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, se elimina el requisito de la mayoría de edad para solicitar la rectificación de la mención registral del sexo, de modo que las personas mayores de 16 años estarán plenamente legitimadas para solicitar por sí mismas la rectificación.

   En lo que respecta a las personas de entre 12 y 16 años, estas podrán efectuar la solicitud por sí mismas, o a través de sus representantes legales, debiendo en el primer supuesto contar con el consentimiento de sus progenitores o de la persona que ejerza su representación legal. En caso de desacuerdo entre progenitores o representantes legales, la ley prevé que la persona menor o incapacitada pueda efectuar la solicitud a través del Ministerio Fiscal.

   Con estas medidas, "se restituye a la persona el derecho inherente a decidir sobre su propio cuerpo y su ser", explica el Ministerio de Igualdad en la exposición de motivos del borrador.

   Por otra parte, el texto mantiene en su artículo 5 el derecho a la identidad de género libremente manifestada. El equipo de Irene Montero defiende así que toda persona posee derecho "al reconocimiento de su identidad de género libremente manifestada" sin límite "por razón de edad, sexo, origen racial o étnico, nacionalidad, religión, orientación sexual, expresión de género, características sexuales, discapacidad, enfermedad, estado serológico, lengua, clase social, migración, situación administrativa o cualquier otra condición personal".

DESAVENENCIAS CON PSOE Y FEMINISTAS

   Esta denominación es la que ha causado desavenencias entre el Ministerio y el PSOE que defienden que el sexo es un hecho biológico insoslayable que determina las condiciones de las mujeres, mientras que el género es una construcción social.

   "Estamos en contra de los posicionamientos que defienden que los sentimientos, expresiones y manifestaciones de la voluntad de la persona tienen automáticamente efectos jurídicos plenos", señalaba un argumentario que los socialistas hicieron público en junio de 2020.

   Coinciden así, con una parte del movimiento feminista que denuncia que esta norma pretende "borrar" a las mujeres. A juicio de la Alianza Contra el Borrado de Mujeres, el objetivo de esta norma es permitir el cambio del sexo legal a cualquier persona aunque no sean transexuales y no experimenten disforia o incongruencia de género y creen que "si el sexo legal desaparece, desaparecen también los derechos de las mujeres frente al machismo".

   En este sentido, se ha planteado la posibilidad de que un hombre acusado de violencia de género pueda declarar sentirse mujer para evitar la condena por esta lacra.

   Precisamente, frente a estas críticas, la norma de Montero detalla que el cambio registral "no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad" a la modificación. Además, el borrador recoge que, "en particular", no alterará los efectos de lo establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género.