Los matrimonios podrán celebrarse ante notario, según el anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria

Actualizado: martes, 7 julio 2015 14:23

MADRID, 1 Ago. (EUROPA PRESS) -

Los matrimonios podrán celebrarse ante notario además de por la Iglesia, en los Ayuntamientos y los Registros Civiles, según se recoge en el anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.

En cuanto a las separaciones y divorcios, en los casos de mutuo acuerdo e inexistencia de hijos menores o personas con capacidad judicialmente completada, los ciudadanos también podrán acudir al juzgado o al notario.

Por otro lado, sobre los casos de sustracción internacional de menores en los que "siempre hay controversia entre los progenitores", se ha reformado la Ley de Enjuiciamiento Civil para que sean los Juzgados de Primera Instancia con competencias en Derecho de familia los encargados de dar respuesta a estos conflictos, en los que en un primer momento existirá la posibilidad de que se solucionen de forma amistosa.