Los partidos no podrán recabar opiniones políticas de Internet para su propaganda bajo multa de hasta 20 millones

Papeletas y propaganda electoral de los comicios del 26 de mayo
Papeletas y propaganda electoral de los comicios del 26 de mayo - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: sábado, 19 octubre 2019 11:33

MADRID, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

Los partidos no podrán recabar opiniones políticas de Internet para su propaganda electoral debido a que el Tribunal Constitucional (TC) establece que éstas son "datos personales sensibles cuya necesidad de protección es superior a la de otros datos personales". Por este motivo, el pasado mayo anuló por inconstitucional el artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) que permitía a las formaciones recopilar datos sobre las opiniones políticas de los ciudadanos en el marco de sus actividades electorales.

De cara a la campaña de las elecciones generales del 10 de noviembre, el letrado y experto en protección de datos Jorge García Herrero advierte a los partidos políticos que concurren a los comicios, en una entrevista concedida a Europa Press, de que en caso de incumpliendo se enfrentan a sanciones que pueden alcanzar los 20 millones de euros.

El tribunal de garantías atendió al recurso presentado por el Defensor del Pueblo el pasado mes de marzo, cuando instado por las quejas de diferentes juristas, solicitó la anulación del artículo 58 Bis 1 de la LOREG por entender que vulneraba tanto el derecho a la libertad ideológica como a la protección de datos personales, la libertad de expresión y el derecho de participación política.

La decisión no llegó a tiempo, sin embargo, para las campañas electorales de las generales del pasado 28 de abril y las europeas, autonómicas y locales que se celebraron el 26 de mayo.

Sobre si existe un riesgo real de que los partidos políticos incumplan la sentencia del Constitucional y recopilen datos sobre opiniones políticas de los ciudadanos en Internet durante esta campaña, García Herrero aclara que "en realidad no necesitan hacerlo" y argumenta que "basta con que contraten los servicios de una plataforma como Facebook para conseguir enviar mensajes personalizados a los votantes que más les interese, como los indecisos".

"Eso nos llevaría a preguntarnos sobre si Facebook informa adecuadamente a sus usuarios de todo lo que hace con sus datos, lo que infiere y lo que comparte pero todo esto excede la pregunta", plantea el abogado especialista en protección de datos.

De este modo, García Herrero recuerda a las formaciones políticas que "los datos hechos públicos siguen estando protegidos por la normativa". "Si a algún partido se le ocurriera (pongo por caso) enviar mensajes personalizados o segmentados, deberá suministrar a los votantes información adecuada que explique por qué están recibiendo un mensaje en particular, quién es responsable del mismo y cómo pueden ejercer sus derechos en este ámbito", subraya.

En relación con el derecho a oponerse al envío de 'spam' electoral, Jorge García Herrero hace hincapié en que, "llegado el caso, es muy probable que resulte ilusorio". "Cuando se han dado, estas campañas se concentran en los últimos días u horas de campaña. Por ello, el partido habitualmente podrá alegar que no tenía margen de maniobra para gestionar el ejercicio del derecho", argumenta el letrado, uno de los impulsores de la 'Lista Viernes', una página web gratuita similar a la 'Lista Robinson' en la que los ciudadanos pueden inscribirse de forma anónima y manifestar su oposición al 'spam' electoral de los partidos políticos por correo electrónico y teléfono.

Esta iniciativa fue lanzada por Secuoya Group, un grupo de profesionales expertos en privacidad y protección de datos, a raíz de la aprobación del artículo 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), incorporado a esta por la disposición final tercera, punto dos, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

"NEGLIGENCIA Y CHAPUZA"

Para el experto, el artículo declarado inconstitucional fue tan polémico en su momento "por lo poco trabajado y afortunado del texto". "No se consultó a la Agencia de Protección de Datos, y la brecha abierta en el sistema con tan pocas líneas era tremenda. Vistas las justificaciones en medios de sus artífices y defensores, no aprecio la 'maldad' que se vio en el referéndum por el Brexit, sino esa negligencia y chapuza teóricamente tan españolas", manifiesta.

Jorge García Herrero reconoce que acogió la sentencia del Constitucional "con sorpresa por su rapidez y alivio por su contundencia" y sostiene que tanto el equipo del Defensor del Pueblo, como el del tribunal de garantías "hicieron un gran trabajo".

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