El PP propone de 2 a 5 años de cárcel por difundir imágenes o datos personales ajenos guardados en móviles u ordenadores

Tecnología, móvil, teclado, ordenador
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 4 diciembre 2014 8:20

MADRID, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El PP ha registrado enmiendas al proyecto de Ley de reforma del Código Penal para establecer de dos a cinco años de cárcel si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o las imágenes captadas y que están registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado.

Además, plantea que sea castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a dieciocho meses el que, sin estar debidamente autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o, de cualquier modo, facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos mencionados anteriormente.

Si los hechos descritos en los artículos anteriores se hubieran cometido en el seno de una organización o grupo criminal, se aplicarán respectivamente las penas superiores en grado, según plantean los 'populares' en su paquete de 130 enmiendas recogidas por Europa Press.

PERJUDICA EL SERVICIO PÚBLICO

Igualmente, quiere que se imponga una pena de prisión de dos a cinco años, y una multa del tanto al décuplo del perjuicio ocasionado, cuando en las conductas descritas concurra también el hecho de que se hubiera perjudicado gravemente el funcionamiento de servicios públicos esenciales o la provisión de bienes de primera necesidad.

En concreto, apunta a los hechos hayan afectado al sistema informático de una infraestructura crítica o se hubiera creado una situación de peligro grave para la seguridad del Estado.

El PP promueve también que sea castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años, o multa de tres a dieciocho meses el que, sin estar debidamente autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o, de cualquier modo, facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos anteriores.

Los 'populares' argumentan que estos cambios son necesarios puesto que los delitos informáticos no fueron objeto de revisión en el proyecto de Ley de reforma del Código Penal, cuando Europa acaba de aprobar una directiva relativa a los ataques contra los sistemas de información, la interceptación de datos electrónicos cuando no se trata de una comunicación personal.

"Esta directiva fue aprobada publicada en agosto de 2013, cuando el anteproyecto de reforma ya había sido aprobado por el Gobierno y era inminente su aprobación como proyecto de Ley. El plazo de transposición de la directiva vence el 4 de septiembre de 2015", añade.

Es más, sostiene que las modificaciones propuestas pretenden superar las limitaciones de la regulación vigente para ofrecer respuesta a la delincuencia informática.

De acuerdo con el planteamiento recogido en la Directiva, se introduce una separación "nítida" entre los supuestos de revelación de datos que afectan directamente a la intimidad personal, y el acceso a otros datos o informaciones que pueden afectar a la privacidad pero que no están referidos directamente a la intimidad personal.

"No es lo mismo el acceso al listado personal de contactos, que recabar datos relativos a la versión de software empleado o a la situación de los puertos de entrada a un sistema. Por ello, se opta por una tipificación separada y diferenciada del mero acceso a los sistemas informáticos", dice el PP.

Con el mismo planteamiento, y de acuerdo con las existencias de la directiva, se incluye a su vez la tipificación de la interceptación de transmisiones entre sistemas, cuando no se trata de transmisiones personales: la interceptación de comunicaciones personales ya estaba tipificada en el Código Penal y, ahora, se trata de tipificar las transmisiones automáticas no personales entre equipos.

Se tipifica la facilitación, producción de programas informáticos o equipos específicamente diseñados o adaptados para la comisión de estos delitos, añade. Asimismo, dice que se regulan separadamente, de un modo que permite ofrecer diferentes niveles de respuesta a la diferente gravedad de los hechos, los supuestos de daños informáticos y las interferencias en los sistemas de información.

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