Protección de Datos da la razón a RTVE y anula su sanción por el extravío de unos 'pendrives' con datos personales

Publicado: martes, 25 febrero 2020 16:45

MADRID, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha estimado el recurso interpuesto por RTVE contra una sanción grave con multa de 60.000 euros, impuesta por la propia Agencia tras la denuncia de Comisiones Obreras (CC.OO.) por el extravío de unos 'pendrives' con datos personales, según ha informado la Corporación pública.

Según señala la AEPD en su resolución de 20 de febrero, a la que ha tenido acceso Europa Press, la entrega de la información y de los datos personales a la sección sindical de CC.OO. fue por una "obligación (legal y convencional)", de acuerdo con el derecho de información de los representantes de los trabajadores reconocido en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores y en diversos artículos del II Convenio Colectivo vigente.

Además, el organismo señala que "puede desprenderse, que sería la Comisión de Control del Plan de Pensiones, el responsable de los datos personales que trata para la realización de sus fines, quien debería guardar todas las medidas de seguridad de que dispone para proteger los datos que trata".

De este modo, la AEPD considera que RTVE actuó "diligentemente" y estima que son los receptores de la información, "quienes deben guardar el debido sigilo profesional y las medidas de seguridad adecuadas para garantizar la protección" de la información que RTVE cedió para el "exclusivo" ejercicio de sus funciones sindicales.

La Agencia Española de Protección de datos concluye que no hay "indicios racionales de la existencia de una infracción" por parte de RTVE y anula la sanción grave que la propia AEPD había impuesto con anterioridad a la Corporación, tras una denuncia de CC.OO. por el extravío de los 'pendrives'.

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