Condenan a tres años de cárcel a la joven que sustrajo un bebé recién nacido en el hospital de Poniente (Almería)

Actualizado: martes, 23 febrero 2010 13:29


ALMERÍA, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres años de prisión y al pago de una indemnización de 3.000 euros a María Isabel M.M., la joven de 21 años que en octubre de 2008 sustrajo a un bebé de apenas 48 horas de vida de la habitación que ocupaba con sus padres en el hospital de Poniente, en El Ejido, tras simular que era una enfermera del centro y que debía llevarse al pequeño para someterle a unas pruebas médicas rutinarias.

El tribunal de la Sección Tercera considera probado, en una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, que la acusada incurrió en un delito de detención ilegal si bien rebaja la pena de seis años de cárcel que interesó el fiscal durante el trámite de informes de la vista oral ya que, según subraya, "puso fin de manera voluntaria" a la "aprehensión" a los "pocos minutos" de haberla perpetrado, por lo que procede --señala-- aplicar el subtipo atenuado del artículo 163.2 del Código Penal.

María Isabel M.M., quien ante la sala aseguró no saber por qué lo hizo al tiempo que alegó enajenación mental, se personó a las 07,40 horas en la habitación 119 del hospital y dijo a los padres de la víctima ser enfermera de la Unidad de Neonatología para, de este modo, poder llevarse al bebé para practicarle unas pruebas rutinarias.

Fue el padre quien, alertado por el hecho de que la acusada no vistiese el uniforme de trabajo del centro y "embargado por la sospecha", se dirigió a continuación al mostrador de Enfermería de la planta, donde se le informó que no estaba previsto someter a su hijo a ninguna exploración.

Tras una rápida persecución, éste localizó a la joven junto al ascensor "ya sin niño". Al preguntarle por su paradero y "porqué había hecho con él", María Isabel M.M. le contestó que se "lo devolvía en un instante" y se marchó en el elevador para regresar "poco después con él niño en brazos y entregándolo en perfectas condiciones al progenitor, quien, a su vez, se lo pasó a las enfermeras".

Retenida por el padre mientras intentaba emprender la huida, la acusada era detenida por agentes de la Policía Nacional tras permanecer bajo custodia de efectivos de los servicios de seguridad del complejo hospitalario.

El tribunal subraya en la sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS), que "no intentó marcharse con o sin el bebé" sino que, por contra, "se lo entregó de forma voluntaria" pese a lo cual recoge, tal y como pidió el fiscal, que concurre también el subtipo agravado del artículo 165 del Código Penal al ser la víctima de la detención ilegal "un menor de edad".

Desestima, sin embargo, que se trate de un caso de tentativa, tal y como sostuvo el letrado de la defensa, ya que la infracción cometida "siempre es en grado consumado" y resulta "irrelevante si es en un mayor o menor lapsus de tiempo", máxime --ahonda el fallo-- cuando "el bebé quedó fuera del control de sus padres hasta que se localizó a la acusada que, además, no tenía en niño consigo".

Rechaza, en esta línea, que concurra en la conducta de María Isabel M.M. la eximente completa o incompleta de enajenación mental ya que del informe forense no se infiere que sufriera "en el momento de los hechos" una patología mental o alteración que menoscabase su capacidad volitiva e intelectiva al tiempo cuestiona el expediente administrativo por acogida familiar de una hija de la joven presentado por la defensa y en el que se aludía a un posible retraso mental.