Los mossos podrán realizar tareas no policiales desde los 57 años o por incapacidad cobrando lo mismo

Actualizado: martes, 16 diciembre 2008 14:55

BARCELONA, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -

Los mossos d'Esquadra podrán realizar, si lo solicitan, tareas no estrictamente policiales dentro del Cuerpo desde los 57 años o en caso de disminución de capacidades físicas o psíquicas debido a un accidente o enfermedad y cobrando lo mismo, gracias al decreto de segunda actividad aprobado hoy por el Govern.

En rueda de prensa tras el Consell Executiu, la portavoz del Govern, Aurora Massip, constató que el contenido de este decreto "resuelve una reivindicación histórica" del Cuerpo.

Los agentes estarán en esta situación de segunda actividad hasta que se jubilen o hasta que pasen a otra situación administrativa, que no puede ser la de servicio activo, excepto que haya desaparecido la disminución de las aptitudes físicas o psíquicas que motivaron el pase a segunda actividad.

Los policías en segunda actividad dispondrán de su tarjeta de identidad profesional y su placa, y sólo mantendrán el arma reglamentaria si lo permite el informe médico.

El pase a segunda actividad por la disminución de las capacidades físicas o psíquicas sin que haya incapacidad permanente total, absoluta o una gran invalidez será, a partir de un informe médico, un proceso progresivo de adaptación del lugar de trabajo a las circunstancias del funcionario.

Los mossos en segunda actividad podrán ser sometidos a revisiones periódicas hasta la edad de jubilación forzosa si se considera que han variado las circunstancias que motivaron el cambio de lugar de trabajo.

El decreto también determina la provisión de lugares de trabajo no policiales en la Dirección General de la Policía y de apoyo técnico para los mossos con incapacidad permanente total. Esto les dará derecho a cobrar lo mismo y a tener la jubilación como si hubieran estado en activo, y hará que un mosso con incapacidad sobrevenida pueda seguir trabajando sin ser jubilado forzosamente.

También podrán regresar al Cuerpo los mossos declarados actualmente con incapacidad total permanente.

Los puestos no policiales incluyen funciones de apoyo técnico superior en relación al mando, la dirección, la orientación, la coordinación y la inspección de los servicios. También comprenden las funciones de apoyo técnico intermedio relacionadas con la gestión y supervisión técnica de varias áreas y unidades y las funciones de apoyo técnico básico relacionadas con tareas ejecutivas derivadas de las funciones de carácter superior o intermedio.

Los agentes con incapacidad permanente total que ocupen puestos de trabajo técnico superior, intermedio o básico de apoyo no dispondrán del arma reglamentaria ni de la acreditación profesional como policías.