El Supremo confirma la pena de cinco años de cárcel para una joven que apuñaló a una amiga por una fotos

Actualizado: domingo, 7 noviembre 2010 12:35

ALMERÍA, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de cinco años de prisión para una joven de 20 años que, en junio de 2008, apuñaló a una amiga y pariente en el estómago tras mantener dos fuertes discusiones por un problema relacionado con unas fotografías.

El Alto Tribunal desestima en su sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el recurso de casación interpuesto por la defensa de la acusada, quien alegó que ambas mantenía una "muy buena relación" y que la discusión "absurda" no era motivo para intentar matar a la víctima, quien, según sostuvo, no vio afectados sus órganos vitales por la cuchillada.

El fallo sostiene que, tal y como declararon los médicos forenses en el acto de juicio, se evitó el fallecimiento gracias a la "rápida intervención", al tiempo que el texto alude al arma utilizada por la condenada para perpetrar la agresión que, si bien no fue encontrada, sí era la idónea para producir una desenlace fatal.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial condenó a F.H. como autora de un delito de homicidio en grado de tentativa y le prohibió aproximarse a la víctima durante nueve años a menos de 100 metros si bien no fija indemnización ya que ella renunció.

La acusada, vecina de Roquetas de Mar (Almería) y de nacionalidad marroquí, se enzarzó en una discusión con su amiga mientras ambas se encontraban en el domicilio de la primera viendo unas fotografías.

Cuando la víctima abandonó la vivienda, F.H. decidió pasadas las 23,00 horas ir hasta su casa armada con un cuchillo que luego no pudo ser encontrado por los agentes de la Guardia Civil encargados de la investigación.

Tras reiniciar la disputa, en este caso con más virulencia, se abalanzó sobre su amiga y le clavó el cuchillo que portaba a la altura del abdomen y le causó una herida de tres centímetros que le perforó el estómago.

Sólo la "rápida" intervención quirúrgica que se le practicó en el hospital de Poniente, tal y como señala el fallo a la vista de la testifical del cirujano y el testimonio pericial de los médicos forenses durante el acto de juicio, pudo evitar el shock hipovolémico o la peritonitis bacteriana que hubiera acabado con su vida.

El tribunal consideró que se trató de un intento de homicidio y no un de un delito de lesiones, como calificó la defensa de la acusada, ya que, además de la peligrosidad del medio usado en la agresión, apunta que concurre un "dolo eventual" ya que la zona del cuerpo donde la acuchilló, pese a que no afectó órganos vitales como el hígado o el páncreas, sí tiene carácter mortal.

Rechazó, en esta línea, aplicar la circunstancia atenuante de reparación del daño alegada también por la defensa, ya que no consta que prestase auxilio a su amiga, ni realizase actuación ninguna a disminuir los efectos de la agresión. Por el contrario, según ahonda, no reconoció hasta la vista oral haberle acuchillado y atribuyó la herida a que se había caído de forma accidental sobre un plato roto.

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