La Agencia de Protección de Datos Asegura que la norma incrementa la seguridad jurídica
MADRID, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros dio hoy luz verde al reglamento que desarrolla la Ley de Protección de Datos y que incluye en su ámbito de aplicación a los ficheros y tratamientos de datos no automatizados (papel), regula todo un procedimiento para que cualquier persona conozca el uso de sus datos, y contempla la cancelación de datos de fallecidos por parte de sus allegados.
En virtud de la norma, los responsables de los ficheros deben conceder al interesado un medio sencillo y gratuito para permitir a aquéllas ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición. En la misma línea, se prohíbe exigir al interesado el envío de cartas certificadas o semejantes, o la utilización de medios de telecomunicaciones que impliquen el pago de una tarifa adicional.
Además, según informó hoy el Gobierno en un comunicado, se incrementa la protección ofrecida a los datos de carácter personal en varios aspectos. Por ejemplo, desde el nivel básico de seguridad pasan a un nivel alto todos los datos derivados de la violencia de género. Sobre éstos y los restantes datos personales incluidos en el nivel alto de seguridad se incorpora la obligación de cifrar estos datos si se encuentran almacenados en dispositivos portátiles.
Además, para facilitar a los obligados a cumplir las medidas de seguridad, se exige que los productos de software destinados al tratamiento de datos personales incluyan en su descripción el nivel de seguridad, ya sea básico, medio o alto, que permiten alcanzar de acuerdo con el Reglamento.
PERIODOS DE TRANSICIÓN
En el caso de los archivos de papel, se exigirá la correcta conservación de los documentos y el ejercicio del derecho de oposición al tratamiento, rectificación y cancelación de los datos. Y para el cumplimiento de las nuevas medidas de seguridad se establece un régimen transitorio de un año, 18 meses y 2 años, para niveles básico, medio y alto, respectivamente.
En cuanto a los ficheros automatizados, en un año deberán este periodo será de un año para los datos de nivel básico; otro para los de nivel medio; y 18 meses para implantar las medidas de nivel alto los ficheros con datos sobre violencia de género y los datos referentes a tráfico y localización en comunicaciones electrónicas disponibles al público, que actualmente están en el nivel básico.
Todos los ficheros, ya sean automatizados o no, que sean creados con posterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento tendrán que cumplir las medidas previstas, sin que exista ningún plazo transitorio de adaptación.
PROTECCIÓN DE MENORES
Como regla general, se prohíbe pedir o tratar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres. Además, los menores de edad deberán ser informados con un lenguaje claro, que les sea fácilmente comprensible y se tendrá que garantizar que se ha comprobado la edad del menor y la autenticidad del consentimiento prestado.
La norma incorpora novedades en el tratamiento de datos patrimoniales y de crédito, las tarjetas sanitarias y las transferencias internacionales de datos.
Por su parte, la Agencia Española de Protección de Datos aseguró hoy en un comunicado que esta norma incrementa la seguridad jurídica y contribuirá a conseguir una mayor claridad en la aplicación de la norma y a adaptar sus previsiones a la realidad existente en la actualidad.
Así, aseguró que el Reglamento viene a resolver las cuestiones que se han planteado en la práctica consolidando los precedentes de la Agencia, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, objetivándolos y garantizando mayor seguridad jurídica.