Facua critica que AESA no anuncie sanciones contra las aerolíneas por no devolver los vuelos cancelados

Panel de facturación para varios vuelos, dos de ellos con destino Gran Bretaña, en la terminal T4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez, en Madrid (España), a 27 de julio de 2020.
Panel de facturación para varios vuelos, dos de ellos con destino Gran Bretaña, en la terminal T4 del Aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez, en Madrid (España), a 27 de julio de 2020. - Óscar Cañas - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 19 octubre 2020 13:24

MADRID, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

FACUA-Consumidores en Acción critica que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Transportes, siga sin anunciar medidas sancionadoras contra las aerolíneas que se han negado a reembolsar los billetes de vuelos cancelados más de siete meses después de que empezaran las denuncias masivas de usuarios.

La Agencia ha anunciado una investigación a las compañías por no devolver el dinero a las agencias de viaje aunque continúa sin dar a conocer medidas contra ellas por vulnerar los derechos de los pasajeros afectados por las cancelaciones a causa de la crisis del Covid-19.

Así, las agencias han denunciado que las aerolíneas acumulan 400 millones de euros de deuda como consecuencia de no reembolsar los billetes.

La asociación considera "indignante" que la AESA no haya mostrado ninguna iniciativa hasta el momento en que han sido las agencias de viajes quienes han reclamado algún tipo de respuesta, limitándose a decir, además, que tiene "indicios de infracción relevantes".

Facua asegura que desde que se iniciaron las primeras denuncias, a partir de marzo de 2020, el organismo ha tenido siete meses para investigar y sancionar a las compañías que han cometido infracciones.

"Hasta la fecha, la Agencia no ha respondido a ninguna de las múltiples denuncias contra aerolíneas que Facua ha presentado ante ella por la no devolución de los billetes. El organismo no sólo no ha comunicado si ha realizado alguna acción sancionadora, advierte la asociación, sino que ni siquiera ha informado de si tiene previsto hacerlo", aseguran desde la organización.

POTESTAD SANCIONADORA.

Facua recuerda que la AESA tiene potestad para sancionar a las compañías aéreas en caso de que infrinjan lo dispuesto por el Reglamento europeo en el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

La asociación puntualiza que la normativa europea establece que "los transportistas aéreos deben ofrecer a los pasajeros que sufran la cancelación de un vuelo el reembolso en siete días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero".

Además añade que la potestad sancionadora de la Agencia aparece recogida en el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Además, el artículo 37 de esta última normativa obliga a las aerolíneas a "cumplir con las obligaciones establecidas para la protección de los derechos de los pasajeros en el Reglamento (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004", por lo que su vulneración puede ser investigada y sancionada por la AESA.

De igual forma, asociación de consumidores advierte de que la AESA no sólo está ignorando el Reglamento Europeo sino que, además, también hace caso omiso a las directrices que la propia Comisión Europea publicó en marzo de 2020 "en las que determinaba que, en el contexto de la imposibilidad de viajar por motivo del Covid-19, los pasajeros tienen derecho a optar siempre al reembolso del billete".

Leer más acerca de: