El TSJM rechaza reconocer a vecinos de Ciudad Santo Domingo la afección por el sobrevuelo de aviones

Avión Despegando
AENA
Actualizado: viernes, 21 diciembre 2012 20:02

MADRID, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso presentado por varios vecinos de la urbanización madrileña de Ciudad de Santo Domingo (Algete) contra los sobrevuelos del aeropuerto de Madrid-Barajas, al entender que "no se han excedido los distintos límites de ruido que técnicamente se consideran perjudiciales o peligrosos para la salud".

En la sentencia, dictada el 14 de diciembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, se acredita que los niveles de ruidos registrados son iguales o inferiores a los niveles detectados en distintos puntos de la red de estaciones fijas de medición de contaminación acústica del Ayuntamiento de Madrid.

Asimismo, se recuerda que en el auto del 3 de noviembre de 2009 se apreciaban que los niveles de ruido se habían reducido ya a términos aceptables, según el ordenamiento jurídico vigente y que, si bien la sentencia del TS del 15 de abril anulaba dicho auto, el de 30 de abril de 2011, estimaba ejecutada la sentencia y que los niveles de ruido en dicha población resultaban no solo aceptables sino conforme a los límites establecidos.

Los vecinos afectados por daños físicos y psíquicos recurrieron en casación al Tribunal Supremo. Estos vecinos presentaron requerimiento a Aena y a Fomento para que adoptaran medidas necesarias para eliminar inmediatamente la causa de la lesión y en particular de forma total y absoluta los sobrevuelos a baja altura desde el Norte sobre el núcleo de población.

Los recurrentes pedían una indemnización por daños y perjuicios desde la entrada en servicio en Barajas de la pista 18R (noviembre 1988) e inicio de los sobrevuelos, que se vienen realizando cuando las aeronaves aterrizan desde el Norte a baja altura.

El abogado de los vecinos ha señalado que el TSJM no examina las patologías y no presta atención a las enfermedades acreditadas. "No se puede regular la salud por decreto. El TSJM indica que las patologías no pueden estar causadas por el ruido de las aeronaves en base a que no se superan niveles que determina la Ley del Ruido de 2007", ha dicho.

Además, ha recordado que el fiscal ya apreció que existe causa-efecto entre las lesiones que padecen de estos vecinos y la contaminación acústica de las aeronaves. "Llevado a su extremo el RRDD podía haber señalado cualquier límite de decibelios y haber matado a todos los vecinos sin que hubiese causas", ha comentado.

Según el abogado, el fiscal había señalado en trámite de conclusiones, que "estando acreditado que los trastornos físicos y psíquicos traen causa directa de la contaminación acústica que padecen, provocada por el sobrevuelo de los aviones por la urbanización de Santo Domingo, interesa la estimación del presente recurso por entender vulnerado el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de los recurrentes como consecuencia de la vía de hecho o inactividad de la Administración impugnada en este recurso".

INFORMES PERICIALES.

Los informes periciales, incluyendo peritos nombrados por el mismo el TSJM, se refieren a vecinos adultos residentes con severos síntomas somáticos y psíquicos (cuadros de angustia, ansiedad, depresión, trastorno adaptativo) y menores, con síntomas falta de comprensión y aprendizaje.

Alguno es parte de la sentencia del Supremo de 2008, que estima lesión del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria y ordena la adopción de medidas para que cese la causa de la lesión. Además, según el letrado, se encuentran sometidos a situaciones de riesgo para su integridad física, como desprendimiento de bloques de hielo desde aeronaves, que impactan en su lugar de residencia.

Por su parte, Jesús Coca, presidente de la Asociación contra el Ruido y Riesgo de Aeronaves de Ciudad Santo Domingo, ha indicado que el argumento de niveles de ruido del RRDD 2007 del TSJM ya fue rechazado por el Tribunal Supremo en 2009 al establecer que sólo puede aplicarse con carácter orientativo, no fundamental.

Los vecinos insisten en que la lesión es evitable mediante aterrizajes desde el Norte hacia Barajas por la izquierda, pasado Ciudad Santo Domingo, que evita toda población y cumple con la organización mundial de seguridad Organización Internacional de Aviación Civil (OACI), permitiendo mantener el uso de todas las pistas.