APIA celebra el fallo que revoca la "delirante modificación" del plan educativo en un IES en Níjar (Almería)

Colegio, clase, aula, infantil, escolar
JCCM
Actualizado: miércoles, 10 octubre 2018 19:02

ALMERÍA, 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

La asociación de profesores de instituto de Andalucía (APIA) ha celebrado el fallo emitido por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Almería revoca la "delirante modificación" del proyecto educativo del IES 'Campos de Níjar' de Campohermoso (Almería) que conllevaba la desaparición del departamento de Clásicas.

En una nota, la entidad ha apuntado que la medida revocada fue impulsada "por la entonces directora del centro en colaboración con el servicio de Inspección de la Delegación Territorial" de Educación que "apartándose del más elemental vestigio de profesionalidad acudió al socorro de la directora amparando en todo momento la tropelía cometida".

La sentencia apunta que la dirección del centro procedió el pasado curso a modificar el proyecto educativo del centro sin contar con la evaluación y aprobación por parte del claustro, que tiene asumidas las competencias en tal materia. Para APIA, "los hechos son elocuentes y, con toda probabilidad, merecedores de algo más que el reproche del operador jurídico que se ha ocupado del asunto".

APIA saluda esta sentencia "no sólo por lo que se refiere al restablecimiento del orden legal del funcionamiento del IES 'Campos de Níjar'" sino por "el toque de atención que supone a los intentos de la Junta de Andalucía de restringir la cultura clásica grecolatina, base de la nuestra, en los centros de enseñanza andaluces".

Así, han criticado la acción de la entonces titular de la dirección del IES, quien "decidió por su cuenta y riesgo al más puro estilo caciquil hacer desaparecer al Departamento de Clásicas y, por añadidura, las horas dedicadas al desempeño de su jefatura", de forma que cuando tal cuestión fue recurrida ante la Delegación de Educación "la directora intentó, deprisa y corriendo, proporcionarle una apariencia de legalidad" al acuerdo.

La asociación destaca que la directora "convocó, a posteriori, al claustro y al consejo escolar a fin de que estos sancionaran tan discutible medida" a pesar de que este último órgano "carece de competencia alguna para aprobar los aspectos docentes del proyecto educativo de los IES".

"El ridículo cambio de postura de la directora tuvo su origen, sin la menor duda, en el pintoresco asesoramiento del inspector de referencia que, ni corto ni perezoso, en un alarde de competencia lingüística, vino a deducir falsamente, como ha quedado probado en el cuerpo de la sentencia, que la entrada en vigor de la Lomce en 2013 había supuesto la supresión de todas las competencias que la LOE otorgaba al claustro en materia de evaluación y aprobación de los aspectos docentes del proyecto educativo del Plan de Centro para trasladárselos a la dirección", ha interpretado la asociación.

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