PP de Bonares valora la sentencia que "obliga" al alcalde a repetir el pleno en el que se aprobaron los sueldos

El portavoz del PP en Bonares (Huelva), Santiago Ponce.
EUROPA PRESS/PP
Actualizado: jueves, 29 mayo 2014 18:56

HUELVA, 29 May. (EUROPA PRESS) -

El portavoz del PP en el Ayuntamiento de Bonares (Huelva), Santiago Ponce, ha anunciado este jueves que la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) ha estimado, mediante sentencia firme, un recurso contra la resolución de la Alcaldía del Consistorio, gobernado por el PSOE, que anula el pleno orgánico celebrado el 30 de junio de 2011 en el que se abordó la composición de los grupos políticos y sus portavoces, el nombramiento de los tenientes de alcalde, y la determinación de cargos electos en régimen de dedicación exclusiva, de asistencias y de asignaciones económicas a favor de los grupos políticos.

Santiago Ponce ha destacado este jueves que "los jueces entienden que ha habido vulneraciones de normas procedimentales que implican una violación de un derecho fundamental", que consagra el artículo 23 de la Constitución española, que es el derecho de participación, ha informado el PP en una nota.

Ponce ha recordado que los hechos se remontan a junio de 2011 cuando el alcalde de Bonares, Juan Antonio García (PSOE), el 27 de junio, por decreto, resolvió convocar una sesión extraordinaria de pleno para el día 30 de junio de 2011, a las 20,00 horas.

En ese momento, según indica Ponce, los agentes de la Policía Local del municipio informan de que no se le pudo citar documentalmente porque no se encontraba en su domicilio, recibiendo la notificación el día antes del pleno, "con lo que no pudimos estudiar con el tiempo que nos otorga la ley la documentación del pleno ni requerir información al secretario".

Por estos motivos, el PP interpuso un recurso contra este decreto solicitando que el mismo se declarase nulo por no concurrir el plazo legal necesario de los dos días hábiles desde la notificación a la celebración del pleno, al haberse practicado las notificaciones los días 27 y 28 de junio de 2011.

Este recurso fue desestimado por el Ayuntamiento y el alcalde previamente decidió no suspender el pleno cuando el portavoz del PP, al principio de la sesión, advirtió de los defectos de forma en su convocatoria y de las consecuencias de "saltarse la Ley", ha apuntado Ponce.

"El juez da la razón al PP y entiende que se ha dado efectiva ausencia de los elementos necesarios para el ejercicio del derecho reconocido en el artículo 23 de la Constitución tanto en lo relativo al efectivo desempeño del cargo público como al derecho de información a que todos los concejales, en el ejercicio de su cargo, tienen derecho", ha asegurado el popular.

Por tanto, y en virtud de esta sentencia, el pleno es "nulo y los acuerdos adoptados en él también", por lo que "incluso se podría dar el caso de que los ediles y los grupos políticos tuvieran que devolver todas las cuantías percibidas a raíz de las designaciones hechas por el alcalde", ha concluido Santiago Ponce.