Condenan a 22 años de cárcel a un hombre por participar en el asesinato a tiros de otro en Mijas en 2015

Ciudad de la Justicia. Cartel
Europa Press - Archivo
Actualizado: jueves, 21 junio 2018 18:07

MÁLAGA, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Málaga ha condenado a 22 años de prisión a un hombre acusado de participar en el asesinato a tiros de otro en la localidad malagueña de Mijas en 2015. La sentencia se dicta tras el veredicto de culpabilidad que emitió la pasada semana un jurado popular.

Así, según se declaró probado por el jurado, y recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado actuó "de común acuerdo con otra persona cuya identidad no ha quedado acreditada", tras recibir de una persona desconocida el encargo de acabar con la vida de la víctima, de nacionalidad irlandesa como él.

En este sentido, "en ejecución de un plan preconcebido", fue con ese propósito en compañía de esa persona en un vehículo, que había sido previamente sustraído, al domicilio de la víctima, en Mijas-Costa, y mientras el acusado "aguardaba en el interior del coche en funciones de vigilancia y para asegurar la posterior huida, su acompañante accedió al interior del recinto residencial".

Este hombre llevaba puesto un pasamontañas para evitar ser reconocido y portaba dos armas de fuego, esperando a que la víctima llegara al aparcamiento comunitario, momento en el que el agresor lo abordó de forma sorpresiva, comenzando a disparar sobre el mismo", llegando a efectuar más de 15 disparos, dice la sentencia.

Tras perseguirlo, añade la resolución, le dio alcance y le efectuó dos disparos a corta distancia, que le causaron la muerte de inmediato. A continuación, el agresor se dio a la fuga, siendo recogido en el coche que le esperaba en el exterior. Poco después intentaron incendiar el vehículo para eliminar cualquier rastro.

Por estos hechos se condena al acusado por un delito de asesinato como cooperador necesario, por el que se le impone la pena de 20 años de prisión; y por otro de tenencia ilícita de armas, por una pistola intervenida en el domicilio donde fue detenido el acusado, por el que se le impone dos años de cárcel. Además, deberá indemnizar con 90.000 euros a los herederos de la víctima.

Para los jurados no quedó probado que el acusado perteneciera a un grupo u organización criminal ni que llevase a cabo esta acción de acabar con la vida de la víctima movido por el estímulo de una recompensa o contraprestación económica, como sostuvo la Fiscalía desde el principio.

De entre las dos opciones alternativas --autoría directa o autoría por cooperación necesaria-- que ofreció el fiscal, los jurados optaron por la segunda por considerar que al llevar el autor material del hecho su rostro completamente cubierto por un pasamontañas no podía ser identificado.

Por el contrario, "sí existían elementos de convicción suficientes para considerarle culpable" por cooperar en los hechos, "a la vista del resultado ofrecido por las cámaras de seguridad y otros elementos de prueba como el ADN del acusado detectado en una de las gorras aparecidas en el vehículo utilizado para el crimen".

Al respecto, el Tribunal Popular estimó que "fueron dos las personas participantes en el crimen y que, conforme al plan concertado, se desplazaron al lugar en ese vehículo sustraído provistos de esas armas para llevar a cabo su objetivo en la forma pactada".

Por un lado, el acusado participó "permaneciendo en el coche en funciones de vigilancia y preparado para facilitar la salida del lugar tras su ejecución", y el otro, "llevando a cabo materialmente la acción de segar la vida de la víctima, cuyo domicilio y costumbres tenían necesariamente que conocer ambos cabalmente a la vista de cómo se desarrollaron los hechos".