Málaga.- Tribunales.- Condenan a una abogada por quedarse con dinero recibido por un caso sin que consten sus servicios

Actualizado: miércoles, 2 abril 2008 19:04

MÁLAGA, 2 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga ha condenado a nueve meses de prisión a una abogada por un delito de apropiación indebida por quedarse con dinero recibido en concepto de consignación judicial de cuotas a una comunidad de propietarios y como previsión de fondo de un asunto del que se hizo sin que haya rendido cuentas a la cliente, liquidado sus honorarios por sus servicios o especificara en qué consistieron. Además, se le inhabilita para el ejercicio de su profesión en el tiempo de condena.

Según se declara probado en la sentencia del juzgado, que se puede recurrir ante la Audiencia Provincial y a la que tuvo acceso Europa Press, la perjudicada contrató los servicios de la letrada en septiembre de 2001 para que le asistiera en un conflicto relativo con las cuotas comunitarias de dos viviendas, ubicadas en la calle Ayala de la capital malagueña, que eran propiedad de la querellante, a la que la mujer deberá indemnizar con el dinero recibido y no devuelto.

De esta forma, la procesada recibió 1.280 euros de octubre de 2001 a septiembre de 2002 como provisión de fondos, además de otros 1.232 euros en concepto de pagos o consignación judicial de los recibos ordinarios y extraordinario de la comunidad de propietarios, también en el mismo periodo de tiempo.

"No consta que la acusada destinara las citadas cantidades a los conceptos aludidos ni que las haya devuelto a la querellante, a pesar del tiempo transcurrido", señala la resolución, en la que se apunta que "no consta que haya efectuado rendición de cuentas y liquidación de honorarios por la prestación de sus servicios ni se especificado en que consistieron éstos".

De hecho, la perjudicada tuvo que volver a pagar las cantidades entregadas a la acusada, que ingresó en un centro hospitalario en octubre de 2002 y fue dada de alta un mes más tarde con el diagnóstico de trastorno bipolar, aunque el juez no aprecia que concurra circunstancias que modifiquen su responsabilidad criminal.

La sentencia precisa que la acusada expidió varios recibos en los que se detallaba el concepto en que se recibía el dinero y considera que "no es atendible la excusa dada por la acusada de que le eran debidas esas cantidades por sus honorarios", puesto que "a día de hoy no ha presentado rendición de cuentas y no ha satisfecho esa cantidad adeudada".