Consejo de Transparencia avala el derecho a conocer lo abonado a registradores por gestionar el impuesto de Sucesiones

Publicado: lunes, 23 abril 2018 13:02

SEVILLA, 23 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha resuelto que debe facilitarse información sobre las indemnizaciones y compensaciones percibidas por los registradores de la propiedad con motivo de la gestión y liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el periodo que comprende desde 1999 a 2016.

Según ha indicado el Consejo en una nota, éste es el dictamen del Consejo tras las reclamaciones interpuestas por dos registradores contra la decisión de la Agencia Tributaria de Andalucía de proporcionar dicha información.

Ha precisado que en la fase de alegaciones abierta por la propia Agencia a otros posibles afectados llegaron a presentarse un total de 81 escritos, que, al igual que los reclamantes, se opusieron a su divulgación argumentando la vulneración del derecho a la protección de datos personales y del derecho a la intimidad.

Otros de sus argumentos esgrimidos fueron "el carácter abusivo de la petición, la necesidad de reelaborar la documentación, el periodo reclamado --previo a la entrada en vigor de la Ley de Transparencia-- y su condición de sujetos no obligados a cumplir con la legislación de transparencia"; razonamientos con lo que discrepa el Consejo y que, por tanto, "no son aceptados como motivos de inadmisión de la solicitud de información".

El Consejo considera que los datos reclamados "no son los denominados como especialmente protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), es decir, no afectan a sexo, ideología, afiliación sindical, religión o creencias". En este punto y según establece la Ley de Transparencia, considera que "se ha de buscar un equilibrio entre los derechos que colisionan (acceso a la información, intimidad y protección de datos) para lograr la máxima efectividad posible".

Para la autoridad de control es "incuestionable" que la información relativa a la recaudación de recursos por parte de los poderes públicos y su posterior utilización es "un eje central de la legislación en materia de transparencia". A su juicio, conocer los gastos que conlleva la gestión de los impuestos que soporta la ciudadanía resulta de "indudable interés" para la opinión pública y, en consecuencia, "no hay dudas en la relevancia pública de su divulgación, pues se trata de un asunto de interés general".

Ha precisado que la información reclamada "se ciñe única y exclusivamente a la cuantía que perciben los registradores por el desempeño de la gestión y liquidación de los referidos impuestos cedidos y, por tanto, se circunscribe al coste que supone para los contribuyentes andaluces dicha gestión tributaria".

Ha explicado que el ejercicio del derecho a saber del solicitante se proyecta a los titulares de unas Oficinas Liquidadoras encargados de la prestación de un servicio público y no a la actuación de unos particulares que realizan una actividad profesional. En consecuencia, el ente garante de la transparencia afirma que la petición de estos datos económicos "se sitúa en la esfera de control de la gestión de lo público".

De la misma forma, ha apuntado que "los registradores también están obligados a facilitar el número de empleados que están específicamente asignados a las tareas de liquidación de los citados impuestos, no el número total de trabajadores que prestan servicio en cada uno de los registros que gestionan las oficinas liquidadoras".

Así las cosas, el Consejo de Transparencia comparte el juicio de la Agencia Tributaria al considerar "más digno de tutela y protección el interés público propio a la información que los intereses particulares protegidos por el derecho a la protección de datos personales y por el derecho a la intimidad".