El Defensor pide que el teléfono contra el maltrato infantil "atienda los casos aunque sean anónimos o falten datos

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, en el Parlamento andaluz
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Publicado: domingo, 17 marzo 2019 10:49

SEVILLA, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Oficina del Defensor del Menor de Andalucía ha dictado una resolución dirigida a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para pedir que "no se desechen de plano" denuncias presentadas en el Teléfono de notificación de posibles situaciones de maltrato infantil que "sean anónimas" o en las que "falten datos".

En el texto de la resolución la Defensoría recomienda que "se dicten instrucciones operativas" del funcionamiento de dicho teléfono, de forma que "no desechen de plano denuncias anónimas ni las presentadas con escasos datos sin antes realizar una prudente y somera investigación con los elementos disponibles, bien directamente, bien solicitando la colaboración de otros organismos o administraciones públicas".

Asimismo, en el texto de esta resolución, consultada por Europa Press, pide que "se revise" la operatividad de la citada línea telefónica "a fin de descartar posibles interrupciones de la comunicación tras contactar para presentar una denuncia".

En los antecedentes del caso, el defensor, Jesús Maeztu, ha explicado que la institución tramitó este expediente a instancias de una abogada que "se quejaba del modo de proceder" del este teléfono, ya que al intentar interponer una denuncia quien le atendió "rehusó darle trámite", después de que, en esos momentos, ella no pudiera aportar los datos concretos del domicilio del menor, aunque "sí disponía de otros que quizás permitirían localizarlo e investigar los hechos y averiguar si, efectivamente, el menor estaría siendo víctima de malos tratos".

Así, ha apuntado que la interesada relataba en su queja que tuvo conocimiento de los hechos de manera indirecta, motivo por el que no podía aportar todos los datos que le solicitaban, pero "si tenía sospechas fundadas de que el menor en cuestión pudiera encontrarse en situación de desamparo, o ser víctima de posible maltrato físico o sexual". Además, añadía otra incidencia, ya que "tuvo que repetir la llamada en tres ocasiones", puesto que "tras escuchar una locución grabada, la llamada se cortaba".

De este modo, y después de que la Defensoría abriera una queja tras evaluar esta cuestión, la consejería emitió un informe que concluía que la atención a la denuncia "fue acorde con el protocolo de actuación establecido para el funcionamiento de las líneas de atención telefónica a la infancia y adolescencia, recalcando la necesidad de que con la denuncia se aporten unos mínimos datos que permitan identificar y localizar a las personas menores de edad, ya que tras la recepción de las llamadas se notifican los hechos a los servicios correspondientes, para que investiguen las circunstancias sociofamiliares y realicen la intervención profesional más adecuada que asegure la integridad y el bienestar de los y las menores implicados".

La resolución apunta también que en el informe la Administración recalcaba que el teléfono 900 58 18 18 "es un servicio para la notificación de posibles situaciones de maltrato infantil, que no sustituye ni exime a cualquier profesional de la obligación de denunciar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Juzgado de Guardia o Ministerio Fiscal, cuando tenga información sobre la existencia de un posible delito contra un menor".

Tras dar traslado de este informe a la abogada, Maeztu ha explicado que en lo concerniente a los cortes de comunicación esta señaló que tales incidencias "deberían ser revisadas, en tanto que con posterioridad pudo comprobar que se producen de manera habitual", y en relación con la necesidad de aportar mayores datos, la interesada abundó en que con los datos que aportó "bastaría para que la Administración iniciase, 'motu proprio', una investigación, o bien derivara el caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

Por su parte, entre sus consideraciones, el Defensor del Menor de Andalucía cree que la denuncia formulada por la abogada "habría de ser abordada con especial celo por su credibilidad" y añade que "no resulta congruente la insistencia y preocupación altruista de esta profesional para hacer llegar al ente público de protección de menores una situación de posible desamparo o maltrato a un menor con la respuesta pasiva que recibió su denuncia".

Por último, en relación con las incidencias en el momento de efectuar la denuncia telefónica, la Defensoría afirma "coincidir" con la abogada en la necesidad de que se efectúe una revisión del operativo telefónico, para localizar el problema, y prevenir dicha disfunción en el futuro, "todo ello dada la trascendencia del servicio que presta dicho teléfono, como primer eslabón en la detección de casos de maltrato o desprotección de menores".