Fiscalía considera "acreditada" la existencia de "estafa" y "engaño" a cosecheros en el caso Iniosa

Actualizado: miércoles, 10 diciembre 2014 13:21

JAÉN, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía, representada por María Paz Corral, ha defendido este miércoles ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén que está "acreditada" la existencia de una "estafa" y un "engaño" a olivareros que no pudieron cobrar sus cosechas de aceituna de la campaña 2001-2002 entregadas a la sociedad Iniosa por parte de los responsables de dicha empresa.

Así lo ha manifestado la fiscal en el transcurso de la intervención en la que ha expuesto su informe final sobre los hechos que se juzgan desde el pasado 3 de noviembre --con una interrupción aproximada de un mes entre el 6 de noviembre y el pasado día 1-- en la Audiencia jiennense, en el juicio del conocido como caso Iniosa, en el que, entre otras cuestiones, se aborda esa supuesta estafa cometida con aproximadamente dos centenares de olivareros.

De esta manera, la representante del Ministerio Público ha interesado la imposición de una sentencia condenatoria para los acusados, y ha incidido en argumentar la existencia de elementos propios del tipo penal de la estafa en este caso.

Así, ha indicado que una buena parte de los olivareros afectados había estado trabajando con empresas del acusado Enrique F.I. durante la década de los 90, tiempo durante el cual dicho procesado "jamás dejó a deberles un euro", lo que sirvió para generar una "confianza" entre los cosecheros que motivó que "muchos" de ellos "siguieran entregado su cosecha en Iniosa" después de que el citado encartado hubiese suscrito en 1999 un primer convenio de asociación con L.G.B. de venta de activos.

"Nadie les advirtió que estuviesen trabajando con una empresa distinta", ha remarcado la fiscal en alusión a los olivareros, a quien el comercial José F. "les dijo que no se preocuparan, que había una continuidad empresarial" entre Suroliva --la sociedad a la que habían estado entregando sus cosechas en los 90-- e Iniosa, ha añadido antes de apostillar que en algunos casos "ni siquiera a día de hoy eran conscientes" los perjudicados de que ambas mercantiles "eran empresas distintas".

También ha sostenido la fiscal que resulta "acreditado" que a "la mayor parte de los cosecheros se les ofrecieron condiciones ventajosas para que entregaran su cosecha a Iniosa", unos "incentivos" en relación a "las condiciones habituales de mercado", lo que determinó que éstos "entregasen su producción" en dicha empresa; unos "elementos engañosos", en su opinión, al igual que la entrega de "pagarés" a los afectados "como si fueran garantía de pagos futuros" pero que realmente estaban "asociados a cuentas sin fondo".

"Un elemento más para ahondar en un engaño perfectamente conformado", a juicio de la fiscal, que también considera "constatado" que Iniosa "pudo vender el aceite a sociedades del propio entramado y a otras empresas, pero el beneficio no revertió a los cosecheros".

ESTAFA CON AGRAVANTES

Para el Ministerio Fiscal, la supuesta comisión del delito de estafa en este caso se ve agravada por tres circunstancias contempladas en el Código Penal, cuales son la "especial gravedad" de la misma "atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia"; el hecho de que "el valor de la defraudación supere los 50.000 euros", y la circunstancia de que se cometa "abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional".

La fiscal, que incluye a Enrique F.I. entre los participantes en la comisión de dicho supuesto, se ha detenido también en su intervención a detallar operaciones que, en su opinión, "contribuyeron a la descapitalización de la mercantil" Iniosa, y en esa línea ha hablado de "manipulaciones contables" y de la existencia de un "delito de alzamiento de bienes".

También, y al contrario de lo que exponen las defensas, ha restado importancia a la influencia que pudiera suponer la alerta alimentaria en relación al aceite de orujo decretada por el Ministerio de Sanidad en 2001 en lo que respecta a la evolución negativa de la empresa y su posterior quiebra, ya que, a su juicio, ello fue "una cuestión puramente administrativa" que, en todo caso, "no afectó a la mercantil en el modo como los acusados han venido defendiendo".

Por último, la fiscal ha abogado por desentrañar también dónde fueron a parar los bienes de los que disponía Iniosa en el complejo industrial ubicado en Porcuna (Jaén), donde se disponía de una "magnífica industria" sobre la que se habría producido "un auténtico desmantelamiento".

ABOGACÍA DEL ESTADO

Antes de que el juez que preside la sala, José Cáliz, autorizase un receso de cinco minutos ha expuesto su informe final el representante de la Abogacía del Estado, personada en este caso como acusación, y que, de entrada, ha defendido la "imparcialidad" e "independencia" respecto a la Agencia Tributaria de uno de los peritos que declaró la semana pasada, autor de un informe en el que llegaba a la conclusión de la existencia de una serie de operaciones "concatenadas" para la "despatrimonialización" de la mercantil.

Así, y tras insistir en que dicho perito actuó en "auxilio judicial", el abogado del Estado ha situado el origen de la "trama" de este caso en el momento en que Enrique F.I., "acosado por deudas con la Agencia Tributaria, decide asociarse con L.G.B. en el complejo denominado Iniosa", del que "el único que ha perdido" dinero, en opinión del letrado, fue este último procesado.

La Abogacía del Estado ha negado que otro de los encartados, el empresario catalán M.J.B., nombrado en 2001 administrador de la sociedad, no tuviera relación con Enrique F.I. "Ha tenido relación laboral directa con él al menos desde 1994", ha remachado en ese sentido el letrado, que ha incidido en que con el procesado catalán "se desarrollan las operaciones de despatrimonialización" de Iniosa.

En esa línea, ha aseverado que Enrique F.I. "planificó y ejecutó la quiebra de Iniosa", de modo que "en todas las actuaciones interviene activamente", y también ha coincidido con la fiscal en relativizar la importancia de la crisis alimentaria del orujo en este caso, porque "no existe un acto administrativo que dictara inmovilización" de material de Iniosa como consecuencia de dicha crisis, según el abogado del Estado, por lo que "es mentira que se produjera un perjuicio" a los procesados como consecuencia de esos hechos.

"ALZAMIENTO DE BIENES"

Así las cosas, la Abogacía del Estado sostiene que en este caso se ha producido "un único delito de alzamiento de bienes" en el marco de "una trama societaria y empresarial complejísima que empieza en 1999 con el contrato de asociación" entre Enrique F.I. y L.G.B., y que "se va desarrollando hasta octubre de 2003" con "operaciones concatenadas que no se pueden entender la una sin la otra", y en la que el primero de los dos acusados citados "está siempre detrás de todo", hasta el punto de que, en su opinión, "llegó a ser administrador de Iniosa" si se entiende que M.J.B. fue "un testaferro" suyo.

En todo caso, y como calificación alternativa, la Abogacía del Estado contempla la existencia de "un delito continuado de alzamiento de bienes", según ha admitido el letrado, que ha concluido señalando que en este caso el tribunal "puede apreciar dilaciones indebidas", pero "también hay motivos" para que no lo considere así.

Tras la intervención del abogado del Estado se ha autorizado un receso de cinco minutos antes de que las acusaciones particulares continuaran exponiendo sus informes finales, trámite que posteriormente seguirán las defensas de los 14 acusados que aún permanecen como tales --a otros cuatro se le retiraron este martes los cargos que se les atribuían-- antes de que el juicio pueda quedar visto para sentencia.

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