La GMU aborda hoy la apertura de un nuevo expediente sancionador a Gómez tras declarar el juez su caducidad

Actualizado: martes, 17 marzo 2009 7:15

CÓRDOBA, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) de Córdoba abordará hoy en un consejo rector extraordinario la apertura de un nuevo expediente sancionador contra el empresario Rafael Gómez por construir las naves ilegales de Colecor.

Según informó en rueda de prensa el presidente de la GMU, Andrés Ocaña (IU), el consejo acatará la sentencia del titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Córdoba que anula, por haber caducado, "el procedimiento seguido para imposición de sanción(es)" de 24,6 millones de euros contra el empresario por esta causa.

Ocaña dijo que acatan la sentencia, pero no la comparten "porque los fundamentos en los que se basa para la conclusión no corresponden con los hechos acaecidos". Informó de que se abrirá un nuevo expediente porque no van a permitir que haya ningún peligro de prescripción sobre el proceso.

Recordó que la providencia que hizo el juez a finales del pasado mes de febrero en la que advertía de la posible caducidad de la sanción se basaba en dos argumentos. El primero era que con la intervención del Consejo Municipal para la Resolución de Reclamaciones Económico-Administrativas (CREA) podría haber dilatado el tiempo de un año que establece la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) para abrir y cerrar un expediente sancionador.

El segundo argumento era que la suspensión que la GMU hizo del expediente no se adaptaba a la norma por cuanto en la providencia se argumentaba que el Real Decreto 1.398 del año 1993 que regula el ejercicio de la potestad sancionadora no contemplaba esa circunstancia.

Sin embargo, explicó que en la providencia en ningún caso contemplaba lo que establece la LOUA en su artículo 195 punto 4, es decir, no utilizaba esa ley como referencia legal para abordar la suspensión de un expediente sancionador, por lo que el Ayuntamiento alegó en base a que el CREA actuó correctamente y la suspensión dictada por la GMU se adaptaba a la norma.

Según Ocaña, la sentencia señala que las alegaciones del Ayuntamiento han sido admitidas y ahora se basa en otra posible cuestión de caducidad que no señalaba la providencia. Así, se refiere a que sólo se puede suspender un expediente sancionador si es la GMU la que le dice al fiscal que hay circunstancia de índole penal para suspender y no al revés; y esa es la argumentación sobre la que se sustenta la sentencia.

El responsable de Urbanismo recordó que los acontecimientos fueron que la Fiscalía comunicó a la GMU que estaba instruyendo un procedimiento que podía tener imputaciones penales, la GMU le trasladó toda la documentación y en base al artículo 195 punto 4 de la LOUA suspendió el procedimiento sancionador.

Después, cuando la Fiscalía cerró la investigación comunicó a la GMU que lo archivó y el Ayuntamiento prosiguió con el expediente sancionador. Según Ocaña, "esto la obvia la sentencia y dice que hubiéramos procedido correctamente si en vez de ser Fiscalía quien comunica a la GMU hubiera sido al revés".

Para el teniente de alcalde, "el trabajo se ha hecho con respeto a la normativa", no entiende qué han hecho mal y añadió que parece que se quería buscar la caducidad como fuese, al aparecer en la sentencia otro argumento que no aparecía en la providencia.

No obstante, para evitar que el proceso pueda prescribir no van a recurrir la sentencia y la acatan, aunque sí, desde mañana, se pondrán a iniciar un nuevo expediente sancionador "para defender los intereses de la ciudad". Ocaña mostró la intención del Ayuntamiento de "cobrar íntegramente la multa".

Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el juez manda "archivar tales actuaciones administrativas" y estima "en parte los recursos contencioso-administrativos interpuestos por la entidad Arenal 2000, S.L.", propiedad de Rafael Gómez, "contra las resoluciones impugnadas".

Gómez recurrió ante este juzgado el fallo del Consejo Municipal para la Resolución de Reclamaciones Económico-Administrativas (CREA), que imponía una multa de 24,6 millones de euros por la construcción de esas naves en la antigua fábrica lechera, rebajando en 1,8 millones la primera sanción impuesta por Urbanismo, que ascendía a 26,4 millones. De esta forma, el CREA aplicó el porcentaje sancionador del 135 por ciento (y no del 145 por ciento, como en un principio se fijó) sobre el valor de la obra construida, que ascendió a 18,2 millones.