Jaén.-Tribunales.- Ordenan la práctica de pruebas en la demanda contra el SAS por morir un bebé en una técnica prohibida

Actualizado: domingo, 21 septiembre 2008 14:35

JAÉN, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número seis de Sevilla ha fijado para el mes de noviembre la práctica de las pruebas correspondientes en el caso de la demanda interpuesta contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS) por parte de una mujer que denunció que el hijo que iba a dar a luz en el Complejo Hospitalario de Jaén murió por no realizarle una cesárea y por aplicarle durante el parto "una técnica tercermundista y prohibida desde los años 40".

El abogado de esta mujer, José Antonio Ramos, detalló a Europa Press que la práctica de esa prueba consiste en que los diferentes peritos propuestos tanto por ellos como por la compañía de seguros del SAS se someterán a las cuestiones que les planten para que se puedan alcanzar unas conclusiones tras las que el magistrado podrá emitir sentencia sobre este caso.

Esta demanda contra el SAS se tramita en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla --ciudad donde se encuentra la sede del citado organismo-- después de que la querella presentada por vía penal fuera archivada y de que la reclamación administrativa no recibiera respuesta por parte del SAS. En concreto, la mujer solicita una indemnización de 195.328 euros por responsabilidad de la administración sanitaria.

En su reclamación, explica que los hechos se produjeron el 27 de agosto de 2003, cuando la mujer, con un periodo de gestación muy prolongado --unos diez meses--, cumplía una semana de ingreso en el centro hospitalario con dificultades para dar a luz, por lo que se había programado una cesárea. Ese día, los responsables sanitarios le aplicaron la anestesia epidural sin conseguir que el parto se llevase a efecto, por lo que 12 horas después aplicaron otra epidural.

La mujer denunció que los facultativos seguían intentando sacar al niño por vía vaginal a pesar de que "expresamente" les había indicado que "no tenía fuerzas y que quería se le practicase la cesárea" que había sido prevista. Además, recordó que tenía antecedentes de aborto y que había una serie de condicionantes que aconsejaban la práctica de la cesárea.

Pese a intentarlo con ventosas, el niño no era capaz de salir y el médico encargado continuó tirando del bebé "generando el sufrimiento fetal con sus repetidos, insistentes y torpes intentos de tirar del niño", al que estaba "ahogando y apretando cada vez más".

Además, siempre según el escrito de reclamación, a la madre llegó a aplicársele el método Kristeller, una maniobra de ayuda expulsiva consistente en "subirse encima de la madre para ayudarle al parto". No obstante, los representantes legales de la mujer indicaron que esta maniobra es "propia del siglo XIX" y que está prohibida "incluso en Africa".

"Es una técnica absolutamente obsoleta y anticuada que está rechazada por la comunidad científica por los peligros que tiene y por los daños que ocasiona, por lo que la actitud de la doctora cabe calificarla, al menos indiciariamente, de temeraria, arriesgada y peligrosa", prosigue el escrito.

Igualmente, en la reclamación se hace constar que "pese al estado avanzado de gestación, únicamente se le practicó a la madre un tacto vaginal" antes de comenzar el procedimiento del parto. También se asegura que "no se controló la frecuencia cardíaca del feto" y que "tampoco se analizó el líquido amniótico para comprobar su estado".