La juez Núñez archiva una pieza de los ERE por una ayuda de 300.000 euros a una empresa al "prescribir" los delitos

María Núñez Bolaños llegando a los juzgados de Sevilla
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: viernes, 23 marzo 2018 15:02

SEVILLA, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente irregulares concedidos por la Junta de Andalucía, ha acordado archivar una pieza separada de la investigación por una ayuda concedida en forma de préstamo por valor de 300.000 euros a la empresa Explotaciones Aroche S.L. al declarar "prescritos" los delitos de prevaricación y malversación por los que se incoa esta causa.

En un auto con fecha de 19 de marzo y al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada recuerda que por la Unidad Orgánica (UCO) de la Guardia Civil se presentó en septiembre de 2016 un atestado relativo a la ayuda concedida a Explotaciones Aroche.

Además, señala que los hechos investigados, que podrían presumir la posible existencia de una infracción penal, son los referidos a una ayuda excepcional concedida a esta empresa por convenio de colaboración de 1 de agosto de 2002, firmados por el entonces director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, y el presidente del Instituto de Fomento de Andalucía, Antonio Fernández, ambos procesados en la pieza política de los ERE, cuyo juicio se celebra en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla.

En el convenio se encomienda al IFA la gestión del otorgamiento de ayudas a Eplotaciones de Aroche en forma de préstamo, en virtud del procedimiento marcado en el convenio marco firmado en 2001 entre el IFA y la Consejería de Empleo, por el que el ente instrumental pagaría las ayudas comprometidas por la Dirección General de Trabajo tras recibir de ésta transferencias de financiación anuales con cargo a la partida presupuestaria 31L.

Según recuerda Núñez, "no estando determinadas la naturaleza y circunstancias de tales hechos ni las personas que en ellos han intervenido, se instruyen diligencias previas y practican las esenciales encaminadas a efectuar tal determinación y en su caso, el procedimiento aplicable".

De otro lado, señala que, en el marco de las diligencias previas 174/11 --causa matriz de los ERE--, por auto del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla de fecha 30 de Julio de 2015, auto aclaratorio /complemento de 9 de noviembre de 2015, se acordó la división en piezas de las citadas diligencias. Con respecto a los hechos que eran investigados en las mismas diligencias se formarían piezas para investigar o finalizar la investigación de las diferentes ayudas que en dicha diligencias habían sido instruidas, mientras que, de todas las ayudas que aún no habían sido investigadas, una vez presentado atestado por UCO, se incoarían diligencias previas al efecto.

En virtud de dicho acuerdo, por la UCO se investiga todas estas ayudas, "aún hoy
quedan pendientes por investigar".

Por oficio de fecha 3 de octubre de 2016, por la UCO, se informa, remitiendo un
listado completo de las ayudas directas sobre las que se ha realizado y presentado atestado, y sobre las que están pendientes indicando cuantía y fecha de pago.

En esta relación, a octubre de 2016, se incluye la ayuda a Explotaciones Aroche como una de las ayudas directas investigadas. "Es evidente que esta ayuda no era investigada en las diligencias previas 174/11", señala la juez.

De otro lado, la juez instructora expone que tratándose de una ayuda en cuantía inferior a 450.000 euros, "en la cual podemos considerar no resulta de aplicación el subtipo agravado", acogiendo el criterio meramente objetivo sostenido por el Ministerio Público y estableciendo como límite la cuantía para la cual la normativa reguladora de la agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), antes IFA, exigía pasar por la ratificación y aprobación del Consejo Rector; y habiéndose realizado el pago con fecha ocho de agosto de 2002, "hace más de diez años, procede declarar prescritos los delitos de prevaricación y malversación".

Por ello, la juez María Núñez Bolaños acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la causa.

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