PSOE pide dimisiones en el PP de Baeza tras la ratificación de la condena por el "robo" de votos a ancianos

Actualizado: miércoles, 13 enero 2010 14:05

BAEZA (JAÉN), 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

El PSOE de Baeza expresó hoy su satisfacción por la ratificación del Tribunal Supremo de la condena al PP de esta localidad jiennense en el caso del "robo" del voto por correo a personas mayores de una residencia en las últimas elecciones municipales y reclamó a los populares que asuman responsabilidades como la "dimisión de quienes formaban parte de la ejecutiva local en esos momentos".

A través de un comunicado, el PSOE recalcó que con este fallo "queda probado así por el más alto Tribunal la conducta ilícita y la obtención de votos de manera irregular por el PP de Baeza en las pasadas elecciones municipales de 2007". "Reiteramos nuestro rechazo a esta grave conducta delictiva que pone en riesgo la credibilidad de la democracia", subrayó.

Además, exigió al PP que reconozca públicamente su error, pida perdón al electorado y asuma responsabilidades, "dimitiendo quienes formaban parte de la ejecutiva local en esos momentos". "La limpieza de los procesos electorales necesita de sentencias como la que comentamos para garantizar a la ciudadanía que su voto, libremente expresado, es el que decide", zanjó.

En concreto, el Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por los dos miembros del PP de Baeza que fueron condenados por vulneración dolosa de los trámites del voto por correo tras haberse puesto de acuerdo para conseguir sufragios de ancianos "de forma ilícita" para su formación política en las últimas elecciones municipales.

Estas dos personas, José María P.B. y a José P.R., fueron penados por la Audiencia Provincial de Jaén a que cada uno de ellos cumpliera 30 días de privación de libertad, que podían ser sustituidos por el pago de una multa de 600 euros, y a que pagaran una multa de 1.500 euros, fallo contra el que interpusieron un recurso alegando vulneración de la presunción de inocencia, fundamentado en que la prueba practicada para dar por probados los hechos "carece de toda base razonable".

No obstante, el Supremo argumenta, tal y como se recoge en la sentencia consultada por Europa Press, que la valoración del material realizada por la Audiencia para llegar a la conclusión de que los acusados fueron quienes procedieron a introducir las papeletas en el sobre correspondiente al voto "debe ser considerada razonable, por lo que el motivo se desestima", apostilla.