El Defensor del Pueblo amonesta a los ayuntamientos por la ausencia de respuesta a demandas por caídas en las calles

Actualizado: domingo, 29 octubre 2006 11:50

SEVILLA, 29 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha amonestado a los ayuntamientos al constatar una frecuente ausencia de respuesta a aquellos ciudadanos que formulan reclamaciones como consecuencia del mal funcionamiento de los servicios públicos, caso de caídas, accidentes en las vías públicas debido al deficiente estado de conservación y mantenimiento de las mismas como los desperfectos en el acerado, socavones en las calzadas o caída de árboles, entre otras cuestiones.

Según el informe anual de la institución, consultado por Europa Press, aumentan las quejas que se reciben en la Oficina en relación con el inadecuado o incorrecto tratamiento de las reclamaciones que por responsabilidad patrimonial formulan los ciudadanos. Entre las reclamaciones, el informe agrega aquellas motivadas por daños y perjuicios originados en las haciendas y bienes patrimoniales de la ciudadanía. Los ciudadanos se quejan de la desatención o paralización en sede administrativa de sus reclamaciones y de la desestimación de sus quejas sin los adecuados fundamentos.

"Por las intervenciones que llevamos a cabo, comprobamos que en bastantes ocasiones, más de las que resultaría admisible conforme a los principios constitucionales de actuación de las administraciones públicas, los ayuntamientos frente a los que se formula la reclamación no informan a los interesados de los requisitos y procedimiento a seguir o, sin entrar a valorar las mismas, sin entrar a valorar las mismas, remiten sin más a los reclamantes a entidades aseguradoras privadas, obviando la responsabilidad objetiva por el funcionamiento de los servicios públicos", constata.

El Defensor recuerda a este respecto que conforme dispone el artículo 106.2 de la Constitución "los particulares establecidos en la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".

Como ejemplo, el informe alude a un escrito de queja de un particular que denunciaba la demora en la resolución de expediente promovido por responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento de Sevilla, que data de enero de 2003, solicitando el abono de una indemnización ante una caída sufrida como consecuencia de encontrarse una arqueta abierta sin tapa en el acerado. Entonces, el Ayuntamiento relacionaba la demora en la tramitación del expediente por causa imputable a la falta de coordinación de varios servicios municipales y del órgano competente para su resolución.

En conclusión, el informe concluye que resulta deseable un cambio de actitud por parte de las administraciones locales a la horas de asumir legalmente las responsabilidades contraídas ante la ciudadanía. "Maniobras dilatorias, poco colaboradoras e incluso obstruccionistas por parte de responsables públicos son impropias de un Estado de Derecho", lamenta.