Facua Sevilla celebra el dictamen del CESS para evitar un aumento "descontrolado" de los veladores

Personas consumiendo en los veladores de un bar abierto
Personas consumiendo en los veladores de un bar abierto - María José López - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 12 noviembre 2020 19:54

SEVILLA, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

Facua ha aplaudido este jueves el dictamen del Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) sobre la modificación promovida por el Ayuntamiento hispalense respecto al artículo 30 de la Ordenanza contra la contaminación acústica, ruido y vibraciones, para la supresión del apartado 7 del artículo 30, que vincula el número de sillas de la terraza de veladores al aforo de la actividad principal, apostando por mantener dicho apartado pero dejando el mismo sin efecto durante la pandemia y resolviendo la situación mediante una "disposición adicional o moratoria".

La patronal de hostelería había solicitado al Ayuntamiento que eliminase dicha limitación de la normativa municipal como forma de potenciar las terrazas durante la situación provocada por la pandemia de Covid-19, al entender que su mantenimiento perjudica a los establecimientos de pequeño tamaño que no van a poder disponer de veladores al tener un aforo interior reducido.

Así, ha pedido la supresión del apartado 7 del artículo 30 de la Ordenanza contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones, que establece que "eI número máximo de sillas a autorizar en los veladores no excederá del 50% del aforo de la actividad principal, con un mínimo de cuatro veladores, siempre que se cumplan las condiciones de instalación y de ocupación establecidas en la Ordenanza Reguladora de Terrazas de Veladores", al que muchos establecimientos estaban adaptándose.

En este sentido, Facua Sevilla comparte la decisión adoptada por el CESS de aconsejar mantener el apartado 7 en la normativa como forma de evitar una "subida descontrolada de los veladores, que provocaría el aumento exponencial de la contaminación acústica y la expansión de la ocupación de la vía pública en perjuicio de los propios ciudadanos".

La asociación incide en que la necesidad de adoptar medidas destinadas a evitar la crisis económica del sector a causa de la pandemia de Covid-19 "no puede ir en detrimento del derecho al descanso, a unos niveles acústicos adecuados y al de accesibilidad a la vía pública de los sevillanos". "La modificación de la normativa no debe realizarse en una situación de excepcionalidad como la provocada por la pandemia, ya que podría provocar graves desequilibrios y perjuicios para los ciudadanos una vez recuperada la situación de normalidad".

Las situaciones excepcionales y transitorias, advierte la asociación, deben conllevar "medidas igualmente excepcionales y transitorias, y no se debe aprovechar la coyuntura actual para modificar una normativa a la que han tenido cinco años para adaptarse -la ordenanza ya dio dicho periodo a los locales que tenían licencia de veladores antes de su entrada en vigor-".

Por todo ello, FACUA Sevilla considera suficiente las medidas propuestas por el CESS de mantener el apartado 7 del artículo 30 y, en todo caso, establecer una moratoria o disposición adicional en la normativa para "aquellas terrazas de establecimientos que estaban en la situación de adaptación a la Ordenanza contra la Contaminación, Ruidos y Vibraciones mientras dure la pandemia, que resuelva el problema planteado y preserve los empleos adscritos a los negocios de los establecimientos", sin perjuicio de que deban cumplir lo dispuesto por la norma una vez finalice la situación excepcional provocada por la crisis del Covid-19.

Leer más acerca de: