El Gobierno no aplicará la sentencia sobre la paga de un funcionario a otros salvo que lo pidan

Actualizado: domingo, 23 marzo 2014 13:25

MADRID, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno no aplicará la sentencia dictada el pasado mes de noviembre por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla sobre la paga extraordinaria retirada a los funcionarios en 2012 a ningún trabajador más que al que acudió a los tribunales salvo que algún compañero suyo lo solicite expresamente, y sólo autorizará la devolución del dinero a los funcionarios de Justicia de la provincia sevillana.

Así se recoge en la respuesta escrita que el Gobierno ha enviado a la portavoz de UPyD en el Congreso, Rosa Díez, relativa al fallo judicial dictado el pasado mes de noviembre, según el cual la decisión del Gobierno de anular la paga extraordinaria de Navidad de 2012 al funcionario demandante fue "contraria a derecho" y obligando a su devolución.

Según el fallo, la decisión de suprimir la paga extra obligó al Gobierno a modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula las retribuciones de los funcionarios de Justicia. Sin embargo, el juez estima que en el momento en que ese cambio se hizo efectivo los funcionarios afectados ya habían generado derecho al cobro.

Ante estos argumentos, la líder de la formación magenta preguntaba al Gobierno si tenía intención de devolver la paga extra a todos los funcionarios de Justicia y si pensaba extender el mismo criterio judicial al resto de funcionarios de la administración.

En su respuesta, que recoge Europa Press, el Gobierno es tajante: "Los efectos de esta sentencia se circunscriben únicamente al actor (demandante), sin perjuicio de que, en su caso, se solicite la extensión de la misma por funcionarios de la Administración de Justicia con destino en el ámbito de la provincia de Sevilla (a la que se extiende la jurisdicción de juez sentenciador) y que se encuentren en idéntica situación jurídica".

NO SE CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD

Además, el Gobierno defiende que en el fallo judicial "no se cuestiona la constitucionalidad" de la decisión, sino que "se plantea cómo se han interpretado y aplicado las normas de cobertura por parte de la Administración".

Y es que aunque el Ejecutivo optó por un decreto ley para suprimir la paga de Navidad a todos los funcionarios, el caso de lo empleados de la Justicia es particular, ya que su normativa de aplicación establece su derecho a percibir dos pagas extraordinarias al año, quedando la decisión sobre la cantidad al arbitrio del Gobierno, que la precisa cada año en los Presupuestos Generales del Estado.

Esta particularidad obligó a minorar una catorceava parte de la cuantía anual de sueldo y trienios de los funcionarios de Justicia y prorratear dicha minoración entre las mensualidades ordinarias de agosto a diciembre, para eliminar así una cantidad equivalente a la paga navideña.

Por consiguiente, insiste el Ejecutivo, "se mantiene lo establecido" en el decreto ley con el que se eliminó la paga extraordinaria de diciembre de 2012 "sin perjuicio de dar debido cumplimiento a los pronunciamientos judiciales firmes".