Maeztu lamenta el "silencio" de Espartinas a su petición de informe por un conflicto entre dos urbanizaciones

Imagen de la toma de posesión de Jesús Maeztu como Defensor del Pueblo Andaluz
Imagen de la toma de posesión de Jesús Maeztu como Defensor del Pueblo Andaluz - María José López - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 13 enero 2020 17:31

Zanja que la calle cuyo cierre enfrenta a las urbanizaciones Montesillos y Alquería de Almanzor debe estar "abierta a uso público"

SEVILLA, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha lamentado en una de sus resoluciones la "falta de respuesta" y el "silencio" del Ayuntamiento de Espartinas (Sevilla) a su última petición de información respecto a si una calle "de titularidad municipal" cuyo cierre enfrentaría a dos urbanizaciones de la localidad ha quedado o no "abierta al uso público sin restricciones, como corresponde a su naturaleza demanial".

En su resolución, emitida el pasado 4 de diciembre y recogida por Europa Press, el departamento de Jesús Maeztu rememora una queja abierta a cuenta de las reclamaciones de unas vecinas de Espartinas a cuenta de una "controversia" que enfrentaría a las urbanizaciones Montesillos y Alquería de Almanzor, por "el cierre de una calle pública del pueblo" a través de la cual acceden los alumnos a un colegio situado junto a una de tales urbanizaciones, en cuyo ámbito se ubicaría dicha calle.

Admitiendo el Ayuntamiento que dicha calle "debe estar abierta al uso público y debe ser transitada sin limitación alguna", según precisa la oficina de Jesús Maeztu, dicha institución pidió al Consistorio, --gobernado la mayor parte del anterior mandato por Olga Hervás (primero de Cs y después no adscrita) y actualmente por la socialista Cristina Los Arcos--, que informase de "las medidas que estuviera impulsando para solucionar la anómala situación" denunciada por las reclamantes, para "dejar libre y expedito el paso entre ambas urbanizaciones".

En la respuesta inicial, según el departamento de Maeztu, el Ayuntamiento daba cuenta de una serie de gestiones "para consensuar una solución entre las dos comunidades de vecinos", detallando que el 11 de junio de 2018 había solicitado informes al respecto, pesando uno por parte de la asesoría jurídica. Empero, en esta resolución se precisa que el Consistorio no informó entonces de las conclusiones de tal informe.

Solicitando una copia de dicho informe, la Oficina del Defensor del Pueblo Andalucía exponía después al Ayuntamiento que, en el caso de no prosperar la mediación entre ambas comunidades de propietarios, procedía actuar merced al contenido del informe sobre la naturaleza y el régimen del viario del conflicto, respondiendo de su lado la Administración local que seguía teniendo "abiertas todas las vías de mediación disponibles, llevando a cabo las actuaciones que resultaran procedentes".

QUE NO SE "DEMORE DE FORMA INDEFINIDA"

A tal efecto, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz apoyaba la idea de "agotar todas las vías de mediación y diálogo", pero avisando en parelelo de que "las actuaciones que resultaran procedentes no deberían demorarse de forma indefinida", pues el mencionado informe de la asesoría jurídica "no dejaba lugar a dudas" respecto a que el viario del conflicto es "de titularidad municipal, destinado al uso y dominio público, y por lo tanto debe ser transitados sin limitación alguna". Es más, dicho viario incluso estaría inscrito en el de Bienes del Municipio.

Dado el caso, el 6 de marzo de 2019, el departamento de Maeztu solicitó al Ayuntamiento de Espartinas que "en el plazo más breve posible, tras las actuaciones de diálogo o mediación que estimara oportunas y salvo causa que lo justificara, se procediera a facilitar el tránsito por la citada calle sin limitación alguna", si bien dicha petición "no obtuvo respuesta", dando lugar a dos solicitudes más emitidas el 10 de abril y el 16 de mayo de 2019 respecto a la situación del asunto, sin que el Consistorio haya aclarado si el citado viario ha "quedado libre y expedito para el uso público sin restricciones".

EL "SILENCIO DEL AYUNTAMIENTO"

A tal efecto, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz determina que "el silencio" del Ayuntamiento ante sus requerimientos supone "un incumplimiento del deber legal de colaboración" con dicha institución, ignorando por esta "falta de respuesta" si el viario en cuestión "se encuentra abierto al uso público sin restricciones como corresponde a su naturaleza demanial".

En cualquier caso, la oficina de Maeztu recuerda al Ayuntamiento de Espartinas su "deber legal de colaboración" con la figura del Defensor del Pueblo Andaluz, solicitándole "cuantas actuaciones sean necesarias con objeto de que, en el plazo más breve que sea posible, tras las actuaciones de diálogo o mediación que estime oportunas y salvo causa contraria que lo impida, facilite el tránsito por la citada calle sin limitación alguna".

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