El SAE aumentará hasta en un 50% las ayudas para los cursos de formación del Plan Memta que presenten "singularidad"

Actualizado: jueves, 11 junio 2009 14:15

SEVILLA, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Servicio Andaluz de Empleo podrá incrementar hasta en un 50 por ciento la cuantía de las ayudas en función de la "singularidad" de determinadas acciones formativas incluidas en las acción de Formación Profesional para el Empleo incluidas en el Plan Extraordinario para la Mejora de la Empleabilidad de las Personas Demandantes de Empleo, el llamado Plan Memta.

De esta forma según figura en la resolución de 11 de mayo de 2009 de la Dirección General de Formación para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria extraordinaria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones de Formación Profesional para el Empleo al amparo del Plan Memta, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y consultada por Europa Press, cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos y por el importe del módulo económico correspondiente.

No obstante, el SAE podrá incrementar hasta en un 50 por ciento el módulo económico superior de la modalidad presencial en función de la singularidad de determinadas acciones formativas que por su especialidad y características técnicas precisen una financiación mayor.

Los módulos económicos máximos, esto es, coste por participante y hora de formación, serán de nueve euros para nivel de formación básico y en una modalidad de impartición del curso presencial; 13 euros para el nivel superior e impartición presencial; 7,5 euros para teleformación, y 5,5 euros para los cursos de formación a distancia convencional.

Mediante esta resolución, la Consejería de Empleo efectúa convocatoria extraordinaria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la ejecución de acciones de formación profesional intensivas del Plan Memta y se establece el plazo de presentación de solicitudes en quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOJA. De esta forma, según la resolución, la Junta ofrecerá unas 546 cursos de diversas especialidades con alta demanda.

Podrán beneficiarse de las subvenciones para la impartición de estos cursos las corporaciones locales, los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles de capital íntegramente local dependientes o vinculadas a dichas corporaciones locales, así como entidades sin ánimo de lucro, empresas y otros entes públicos y empresas privadas de formación.

La oferta formativa objeto de subvención deberá estar relacionada con las familias profesionales y áreas formativas detectadas en cada área territorial de empleo. Esta resolución precisó que las ofertas formativas presentadas deberán contemplar extremos como la adaptación de la oferta a las necesidades de formación detectadas, la experiencia de la entidad en la impartición de cursos de formación profesional para el empleo, y la calidad de los medios y de las instalaciones de la entidad.

Esta resolución recoge, asimismo, que, a la hora de determinar la subvención, se computarán los alumnos que hayan finalizado la acción formativa, así como los alumnos que sin finalizar la acción formativa hayan asistido, al menos, al 75 por ciento de la duración de la acción formativa.

Apuntó que si se produjeran abandonos de alumnado antes del25 por ciento de la duración de la acción formativa se podrán incorporar otros alumnos, mientras que si los abandonos tuviesen lugar con posterioridad a ese periodo se admitirán desviaciones por acción de hasta un 15 por ciento del número de participantes que las hubieran iniciado, "sin que ello suponga minoración de la subvención".

Asimismo, se considerará que han finalizado la acción formativa aquellos alumnos que tuvieran que abandonarla por haber encontrado empleo, y se acredite debidamente, mientras que en caso de que la baja por contratación se realizara antes del 25 por ciento desde el comienzo de la acción formativa se podrá incorporar otro trabajador desempleado.

La resolución apuntó que si el alumno hubiera sido excluido de la acción formativa "por no seguir el curso con suficiente interés y regularidad", no se tendrá en cuenta dicha baja a efecto de liquidación de la acción formativa.

LIQUIDACIÓN DE AYUDAS

En cuanto a la justificación y liquidación de las ayudas concedidas, si se dedujera que el coste subvencionable ha sido inferior a la subvención concedida o que se han incumplido, total o parcialmente, los requisitos establecidos en la normativa, se iniciará el procedimiento para declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención o, en su caso, el procedimiento de reintegro total o parcial de la subvención.

De esta forma, la entidad beneficiaria de la subvención estará obligada a conservar, durante un plazo de cuatro años, salvo que las resoluciones de concesión de la subvención establezcan un plazo diferente, los justificantes de la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, así como de la aplicación de los fondos recibidos.

Ya en el mes de abril, el director gerente del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), Antonio Toro, explicó a Europa Press que esta primera convocatoria de cursos será similar a la de un concurso, donde se adjudicarán los cursos a las entidades que impartan la formación, de forma que la Consejería de Empleo será la que efectuará la oferta de cursos y el sitio donde éstos se impartirán, en función de las personas que viven en cada zona y las actividades donde podría generar contratación, tras lo que las entidades interesadas presentarán su solicitud para impartirlo.

"Actuaremos al revés de como lo hacemos habitualmente, invertiremos el proceso y la Junta dirá qué curso quiere hacer, será la que determine la oferta y se adjudicará a las entidades solicitantes, a través de un sistema de subvenciones basado en la libre concurrencia, mientras que antes debíamos seleccionar los proyectos que nos presentaban las entidades", indicó entonces Toro.