Sevilla.- El PP solicitará una comisión de investigación en el Parlamento sobre la adjudicación del Casino Aljarafe

Actualizado: sábado, 17 marzo 2007 15:56

CORIPE (SEVILLA), 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Partido Popular (PP) en Andalucía, Javier Arenas, anunció hoy que solicitará una comisión de investigación en el Parlamento de Andalucía sobre la adjudicación del Casino del Aljarafe, ubicado en Tomares (Sevilla), tras la anulación del acto administrativo mediante el que la sociedad 'Gran Casino Aljarafe' resultó adjudicataria.

La decisión obedece a una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declaraba nulo el procedimiento de adjudicación admitiendo los argumentos de una de las empresas que concurrió, sin éxito, al concurso publico convocado a tal efecto por la Junta, que ahora se ve obligada a retrotraer el procedimiento al estadio anterior a la adjudicación.

Arenas, tras asistir a un encuentro con afiliados y simpatizantes del PP en Coripe (Sevilla), afirmó a Europa Press que al PP le parece "un asunto extraordinariamente grave", motivo por el que va a solicitar dicha comisión "con todas las consecuencias". De igual modo, anunció que va a solicitar "la reprobación de los consejeros de la Junta de Andalucía que nos ha venido diciendo por activa y por pasiva que no llevamos razón en las denuncias que habíamos hecho con respecto al casino".

En este sentido, el líder de los populares afirmó que al final "se ha demostrado que todo lo que decía el PP coincidía con la verdad", añadiendo que este asunto ha generado "unos perjuicios para la comunidad autónoma", de ahí que reclamen una investigación porque "se nos ha venido sosteniendo informaciones falsas y eludiendo permanentemente su responsabilidad", aseveró.

La consejería de Gobernación ordenó ayer la anulación del acto administrativo de adjudicación del Casino del Aljarafe, inaugurado el pasado 28 de marzo de 2006, en cumplimiento de la sentencia emitida el pasado mes de mayo de 2006 por el TS para declarar nulo el procedimiento de adjudicación ratificando un anterior pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA); instancia judicial que desestimó los argumentos de la Junta y la sociedad Gran Casino Aljarafe contra la demanda formulada por el grupo Cirsa al entender que la adjudicación no se ajustaba a derecho.

Ante estas circunstancias, y en virtud del contenido de esta sentencia que fue corroborada posteriormente por otra resolución del TS en cuanto a un recurso formulado también por 'London Club Overseas Limited' contra el procedimiento de adjudicación, la Junta retrotraerá el proceso administrativo hasta el estadio anterior a la resolución del 29 de julio de 1998; cuando se formalizó el acto administrativo que supuso la adjudicación del negocio a la sociedad Gran Casino Aljarafe. Así, en la nueva valoración y tramitación del procedimiento habrá de tenerse en cuenta sólo "ofertas que hubieran cumplido los requisitos contemplados en la convocatoria", adoptando estas medidas "con carácter inmediato".

No obstante, la Consejería de Gobernación prevé mantener "de forma provisional" la autorización bajo la cual funciona este negocio en el municipio aljarafeño de Tomares vinculándola a la ejecución de la citada sentencia, advirtiendo así de la incidencia social y económica de esta iniciativa que da empleo a 334 personas.

EL FALLO JUDICIAL

La citada sentencia del TS, a la que tuvo acceso Europa Press, fallaba que no cabe casación del pronunciamiento del TSJA impugnado por el Ejecutivo andaluz, desestimando así el recurso de la Administración autonómica. En cuanto al formulado por la sociedad Gran Casino Aljarafe, el Alto Tribunal tampoco acogió ninguno de los motivos recogidos en su recurso, desestimándolo igualmente.

Para el Tribunal Supremo, el recurso de la Junta de Andalucía carecía de "fundamento", porque "partiendo de que la convocatoria reproducía el Reglamento andaluz de Casinos, viene a afirmarse que, como este reglamento es anterior a la vigente Ley de Sociedades Anónimas, la Administración autonómica llevó a cabo una interpretación integral o integradora del mismo ateniéndose a la citada Ley".

En cuanto al recurso presentado por la empresa adjudicataria, el TS especificó, entre otros argumentos, que el recurso se entabló contra el acto de autorización de apertura del casino y no contra el reglamento y que, al respecto, se dio por el TSJA respuesta a las alegaciones de las partes. "Estas consideraciones bastan para que deba desecharse, pudiendo añadirse que no era imprescindible enjuiciar la citada contradicción porque en realidad no existe".