El TC anula acuerdos de la Mesa del Parlamento que inadmitieron iniciativas del PP para reprobar a Zapatero y Maragall

Actualizado: sábado, 25 marzo 2006 15:31

Antonio Sanz cree que el fallo es una "bofetada" al uso "partidista" del Hemiciclo por parte del PSOE

SEVILLA, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

El PP andaluz dio a conocer hoy una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula dos resoluciones adoptadas en 2003 por la Mesa del Parlamento de Andalucía no admitiendo a trámite dos iniciativas parlamentarias por las que el PP solicitaba la reprobación del por entonces líder de la oposición socialista y actual presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y del presidente de la Generalitat, Pasquall Maragall, a consecuencia de sus declaraciones sobre el trasvase del Ebro.

El portavoz del PP en el Parlamento de Andalucía, Antonio Sanz, compareció hoy en rueda de prensa junto al presidente del PP andaluz, Javier Arenas, para detallar que el caso se remonta al 15 de octubre de 2003, cuando el propio Sanz registró en su calidad de parlamentario autonómico una proposición no de ley solicitando el rechazo y la "reprobación" de unas declaraciones de Pasquall Maragall críticas con el trasvase del agua del Ebro hacia otras regiones, pidiendo al actual presidente catalán la rectificación de sus manifestaciones.

Esta medida se llevó también a cabo el mismo 15 de octubre de 2003 en cuanto a las declaraciones de José Luis Rodríguez Zapatero, que como secretario general del PSOE pronunció unas declaraciones "inaceptables" en contra del Plan Hidrólogico Nacional y del trasvase del Ebro "en contra de los intereses de Andalucía". No obstante, dos acuerdos de la Mesa del Parlamento de Andalucía fechadas los días 22 de octubre y 5 de noviembre de 2005 resolvieron no admitir a trámite ninguna de las dos iniciativas parlamentarias.

De hecho, según relató Antonio Sanz y figura en la citada sentencia, la propia Mesa de la Cámara andaluza, entonces presidida por Javier Torres Vela, acordó los días 19 de noviembre y 3 de diciembre de 2003 rechazar la reconsideración solicitada por el Grupo parlamentario popular en cuanto a sus decisiones anteriores, lo que motivó que finalmente el PP elevase el caso al TC con sendos recursos de amparo contra las ya mencionadas resoluciones de la Mesa.

LA SENTENCIA

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, alude a que el Grupo parlamentario del PP andaluz propuso a la Cámara autonómica reprobar las declaraciones que José Luis Rodríguez Zapatero efectuó mostrándose "contrario" a un eventual trasvase del agua del Ebro a otras comunidades, "aludiendo a Almería", extremo que se repite con el presidente de la Generalitat, que también se pronunció en contra del Plan Hidrológico Nacional.

Una vez que la Mesa de la Cámara andaluza acordó no admitir a trámite ninguna de las dos iniciativas parlamentarias y rechazó igualmente las dos solicitudes de reconsideración registradas por el PP, los servicios jurídicos del PP presentaron un recurso de amparo ante el TC solicitando la revocación de estas decisiones, que justificaban la medida considerando "procedimentalmente inviable" las solicitudes, aludiendo en ese sentido a que éstas "exceden del ámbito de interés y fines propios del Parlamento".

No obstante, el TC admitió los argumentos del PP y consideró que las declaraciones de Maragall y Rodríguez Zapatero "se trata de manifestaciones que no puede decirse están totalmente desconectadas de los intereses de la comunidad autónoma" advirtiendo además de que la "ausencia de limitaciones materiales" detectada en el Reglamento Parlamentario "impide que pueda reconocerse a la Mesa la facultad de rechazarlas", en alusión a las citadas iniciativas parlamentarias del PP.

En la sentencia, los magistrados del TC concluyen que "la argumentación ofrecida para inadmitir las proposiciones no de ley no cumple con la exigencia de motivación" que requiere el propio Tribunal Constitucional y establece que "la razón en la que se sustentó la decisión de inadmisión no es suficiente, por sí misma, para concluir si aquella es o no conforme al derecho fundamental invocado" por el PP.

En ese sentido, el TC admitió que las citadas resoluciones de la Mesa del Parlamento de Andalucía han "vulnerado" el derecho del Grupo Parlamentario popular a ejercer sus funciones y, en consecuencia, declaró nulos los acuerdos de la Mesa de la Cámara andaluza en cuanto a la no admisión de las ya mencionadas iniciativas parlamentarias y el rechazo de sus correspondientes solicitudes de reconsideración. Esto implica, según se recoge en el fallo de los magistrados, el restablecimiento del "derecho" del Grupo popular a elevar a debate estas iniciativas parlamentarias.

VALORACION POLITICA

Ante el contenido de la sentencia, Antonio Sanz advirtió de que el TC ha probado que la Mesa del Parlamento "se extralimitó en sus funciones" al no admitir a trámites las citadas iniciativas parlamentarias y advirtió de que "es la primera vez que en Andalucía se produce una decisión de este tipo". A su juicio, la sentencia es "absolutamente contundente" y "obliga a rectificar a la Mesa de la Cámara y a aceptar a trámite ambas iniciativas", que serán registradas de nuevo por los populares. El portavoz parlamentario del PP advirtió además de que se trata de un "precedente jurídico y político" y una "bofetada a una posición política de defensa de intereses partidistas por parte de la Mesa de la Cámara. "No se aceptan ninguno de los fundamentos que defendían los servicios jurídicos de la Mesa", aseveró Sanz.

En ese sentido, afirmó que el propio TC "da la razón" al PP andaluz en sus denuncias acerca de que el PSOE "usa permanentemente a su antojo" el Parlamento de Andalucía e "interpreta las normas de funcionamiento bajo su interés exclusivo", acusaciones que le llevaron a aseverar que el TC ha probado la "baja calidad democrática" que el PSOE ha llevado al Hemiciclo andaluz.