Tribunales.- Condenada una mujer por agredir a unos agentes tras discutir con una supervisora de Tussam

Un autobús de Tussam circula junto a la estación de Santa Justa de Sevilla
Un autobús de Tussam circula junto a la estación de Santa Justa de Sevilla - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: viernes, 16 agosto 2019 19:10

SEVILLA, 16 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal número dos que condena a una mujer a seis meses de prisión, como autora de un delito de atentado a agentes de la autoridad al haber agredido a unos agentes de Policía tras haber discutido con una supervisora de la empresa pública Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam), perteneciente al Consistorio hispalense.

La sentencia de la Audiencia, emitida el pasado 3 de mayo y recogida por Europa Press, deriva de un recurso de apelación promovida por esta mujer condenada en enero de este año por el Juzgado de lo Penal número dos, "como autora responsable de un delito consumado de atentado a agentes de la autoridad", afrontando una pena de seis meses de cárcel a cuenta de tal extremo.

Frente a dicha condena, la mujer interpuso el citado recurso de apelación bajo la premisa de que la sentencia del Juzgado de lo Penal número dos incurriría en un "error en la valoración probatoria", si bien la Audiencia de Sevilla ha descartado tal extremo, ha desestimado la impugnación y ha confirmado la condena impuesta.

Y es que según la Audiencia, los testigos tenidos en cuenta a la hora de la vista oral, es decir una supervisora de Tussam "con la que discutió la acusada y a la que estuvo a punto de agredir", un mecánico de la dicha empresa municipal y los agentes denunciantes "relatan todos lo mismo, con las lógicas diferencias de matiz, producto de la percepción individualizada de los hechos que es normal en estas situaciones", toda vez que "la versión de los hechos de la acusada es inverosímil". "No se entiende que se quedara pacíficamente en el lugar y diera sus datos a la Policía, como dice, y los agentes se dedicaran a agredirla sin más", esgrime la Audiencia.

"INSULTOS" A LOS AGENTES

"La versión de los hechos de los agentes en el atestado coincide salvo detalles insignificantes con lo manifestado por éstos en el acto del juicio oral. El que los agentes se dirigieran a identificarla cuando les volvió a insultar no empece a su actitud agresiva anterior contra la supervisora de Tussam a la que los agentes escudaron, ni se entiende qué trascendencia tendría cualquier infracción administrativa cuando de lo que estamos tratando es un delito de atentado", expone la Audiencia de Sevilla.

Del mismo modo, esta sentencia señala que los partes médicos esgrimidos para la condena "avalan la versión de los hechos de los
testigos de cargo". "No es cierto que la lumbalgia no pueda tener origen en un esfuerzo muscular intenso, cual puede ser la detención de alguien que forcejea, y es algo frecuente de ver en los tribunales, sin que la alegante haya articulado prueba que demuestre tal cosa", indica la sentencia, toda vez que "tampoco parece extraño el dolor osteo-lumbar del agente agredido, que pudo proceder como así resulta de su narración de los hechos de tener que tirar a la acusada al suelo y del forcejeo y patadas de la misma".

Dado el caso, la Audiencia desestima íntegramente el recurso de apelación y confirma en todos sus extremos la sentencia inicial condenatoria.

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