Tribunales.- El juzgado confirma por tercera vez las sanciones de Tussam a los promotores de la baja masiva

Actualizado: domingo, 4 octubre 2009 13:32

SEVILLA, 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Social número cuatro ha confirmado la sanción de seis meses de suspensión de empleo y sueldo dictada por Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam) sobre el conductor Francisco Catalán como promotor de la baja masiva de 407 trabajadores el 18 de noviembre de 2008. Así, se eleva a tres el número de sanciones confirmadas a la espera de la celebración del juicio correspondiente a la trabajadora Carmina Álvarez, también considerada impulsora de esta baja masiva derivada del suicidio del conductor José Luis Alonso Falcón.

Fuentes judiciales informaron a Europa Press de que, tras la celebración del juicio correspondiente a la demanda interpuesta por la Agrupación Sindical de Conductores (ASC) ante esta sanción, el juzgado de lo Social número cuatro ha resuelto desestimar tal demanda y "confirmar", finalmente, la sanción de suspensión de empleo y sueldo durante seis meses impuesta por Tussam a Francisco Catalán, una sanción que pesa igualmente sobre los trabajadores Antonio Núñez (ex presidente del comité de empresa), Isidro Fernández y Carmina Álvarez.

De hecho, esta sentencia constituye el tercer fallo que confirma estas sanciones con la desestimación de las demandas de ASC, porque los juzgados de lo Social han avalado las sanciones en los casos de Antonio Núñez, Isidro Fernández y ahora Francisco Catalán. En el caso de Carmina Álvarez, el juicio está aún a la espera de celebrarse.

No obstante, ASC ha anunciado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un recurso contra esta última sentencia siguiendo la senda marcada con los casos de Antonio Núñez, Isidro Fernández, por lo que las suspensiones de empleo y sueldo dictadas por la directiva de Tussam no se harán efectiva hasta que exista una sentencia firme.

ANTECEDENTES JUDICIALES

El juzgado de lo Social número nueve, no obstante, había emitido una sentencia que resolvía que en el caso de esta baja masiva, motivada por el suicidio del conductor José Luis Alonso Falcón, "no existió una actuación colectiva o concertada" en el seno de la plantilla. Así, la citada instancia judicial desestimaba la petición de la empresa para que tal jornada fuera declarada "huelga encubierta" o "alteración colectiva del régimen de trabajo".

Según la sentencia, recogida por Europa Press, del total de 407 trabajadores que el 18 de noviembre de 2008 no asistieron a sus puestos de empleo, 48 aportaron ante Tussam partes de consulta médica, 200 de ellos esgrimieron documentos médicos de incapacidad temporal, 32 aportaron partes de baja de incapacidad temporal, once de ellos documentos de justificación de ausencia y diez trabajadores no justificaron su ausencia.

El juez Rafael Fernández López advertía en su fallo de que "en tanto no se acredite la falsedad de los documentos médicos aportados o una actuación contraria a Derecho de los profesionales médicos", estos trabajadores "cuentan con una causa válida de de justificación", recordando al respecto que la directiva de Tussam no impugnó la "validez y legalidad" de los actos médicos esgrimidos por los trabajadores para defender sus bajas.