El TSJA anula la cesión de usos de varios tramos de cañada real al Ayuntamiento de Utrera (Sevilla) para un "camino"

Vía pecuaria en Utrera
Vía pecuaria en Utrera - ECOLOGISTAS EN ACCIÓN
Publicado: martes, 16 junio 2020 17:42

SEVILLA, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado un acuerdo del consejo de gobierno de la Junta de Andalucía, mediante el que la Administración autonómica formalizaba la "cesión gratuita de usos" al Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), mediante fórmula de la mutación demanial externa, de varios tramos de las cañadas reales del Pajarero y de Morón para su utilización como "camino público local".

En su sentencia, recogida por Europa Press, el TSJA aborda un recurso promovido por Ecologistas en Acción, contra un acuerdo adoptado el 16 de enero de 2018 por el consejo de gobierno de la Junta de Andalucía, afectando por mutación demanial externa al Ayuntamiento de Utrera varios tramos de las cañadas reales del Pajarero y de Morón, "con destino a camino público local".

Ecologistas en Acción solicitaba declarar nulo dicho acuerdo y denegar dicha mutación demanial externa aprobada en favor del Ayuntamiento de Utrera, por "la inadecuación del procedimiento seguido" en esta operación.

Según los ecologistas, mediante la fórmula de la mutación demanial externa usada pese a los mecanismos previstos para ello por la Ley de 1995 de Vías Pecuarias, "se pierde la continuidad de la red de vías pecuarias y la funcionalidad agropecuaria y ambiental de las mismas, que son convertidas en un viario local, en una carretera cuyo objetivo principal es el tránsito de vehículos motorizados", en contra de la citada Ley de Vías Pecuarias y el reglamento autonómico en la materia.

La Junta de Andalucía, de su lado, defendía que "la cesión gratuita de uso mediante la mutación demanial externa está regulada" en las leyes autonómicas y que la operación cumplía los "requisitos" de la legislación.

Ante ello, el TSJA estima el recurso de los ecologistas porque tratándose "realmente de una desafectación de hecho del tramo de vía pecuaria, mediante una mutación demanial externa, en aplicación de un procedimiento previsto en una normativa que no es aplicable, porque las vías pecuarias cuentan con su normativa propia, el acuerdo recurrido el nulo de raíz y pleno derecho, por haberse prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido para su adopción".

Dado el caso, el Alto tribunal andaluz anula el mencionado acuerdo del consejo de gobierno de la Junta mediante el cual la Administración andaluza afectaba por mutación demanial externa al Ayuntamiento de Utrera varios tramos de las mencionadas cañadas reales.

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