El Ayuntamiento saca a subasta menos de un 4% de los bienes que embarga a los ciudadanos por impagos

Actualizado: domingo, 1 marzo 2009 13:13

El 96% de los zaragozanos recuperan sus bienes embargados, principalmente vehículos, y no se llegan a subastar

ZARAGOZA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Zaragoza sacó a subasta un 3,3 por ciento de los bienes muebles embargados a los ciudadanos por impagos durante el 2008 y que en la mayoría de los casos se trata de vehículos, como los 15 automóviles que subastó el pasado año. Además, se adjudicaron tres locales, mobiliario de una cafetería y el mobiliario de un lavadero de coches.

Las pujas se realizan mensualmente y la media anual suele ser de 14 subastas. Se desarrollan el último miércoles de cada mes y momentos antes de iniciarse el proceso se puede acudir para recuperar el bien embargado siempre que se pueda hacer frene a los pagos debidos al Ayuntamiento.

La adjudicación de estos 15 vehículos supuso unos ingresos al Ayuntamiento de 51.160 euros. Entre los turismos subastados había dos BMW de diez años de antigüedad y ninguno superó los mil euros. La adjudicación más económica fue un Lifan matriculado en el 2005 por importe de 211 euros y el más caro un Mercedes Benz CSL 350 de año 2004 por importe de 22.150 euros y un Porsche del 2001 se adjudicó por 12.055 euros.

EL 96% RECUPERA SU VEHÍCULO

Durante el 2008 se emprendieron 450 diligencias de embargo (la mayoría vehículos), pero en el 96 por ciento de los casos los ciudadanos pudieron recuperar sus bienes a lo largo del proceso, que puede ser en periodo voluntario cuando se inicia con una notificación de deuda contraída con el Ayuntamiento o periodo ejecutiva.

En este último apartado están los impagos periódicos (como el IBI) y los no periódicos (multas). En ambos casos, los ciudadanos disponen de un plazo de dos meses para pagar lo adeudado. En caso de no abonar la deuda se abre otro plazo de dos meses más que incluye un 5% de recargo del total de la deuda y otros dos meses más para desembolsar el pago.

Transcurridos esos cuatro meses comienza el giro de recibos vía postal con un recargo del 10% y aún existe un segundo plazo con un 20% de recargo de intereses de demora. No obstante, el ciudadano puede paralizar el proceso recaudatorio en cualquier momento siempre que avale la deuda.

El consejero municipal de Economía, Hacienda y Régimen Interior, Francisco Catalá, destacó en declaraciones a Europa Press que "el Ayuntamiento, en cualquier caso, ofrece oportunidades suficientes a los ciudadanos para saldar sus deudas con la hacienda municipal" y en todo caso, quiso precisar que las diligencias de embargo se emprenden "siempre dentro de la legalidad".

Catalá se mostró contundente al subrayar que "la responsabilidad concierte a todos y no sólo una parte de la ciudadanía puede ser escrupulosa en sus pagos".

A PARTIR DE 6 €

El proceso de embargo comienza cuando un ciudadano tiene una deuda contraída con el Ayuntamiento que excede los 6 euros y lo primero que se embarga a un ciudadano es el sueldo, la pensión, retribución o jornal que sea superior al SMI y conforme a una escala definida en la Ley de enjuiciamiento civil.

En caso de que con este primer embargo no se salde la deuda contraída con el Ayuntamiento se procede a embargar los bienes muebles considerados superfluos como joyas, vehículos o equipos electrónicos y en última instancia se embargan los bienes inmuebles, es decir, la vivienda.