Publicado: viernes, 2 febrero 2018 17:14

ZARAGOZA, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) ha solicitado este viernes, al Juzgado de Primera Instancia número 2 de Huesca, que anule el auto por el que ha dejado sin efecto la ejecución provisional de la sentencia del mismo juzgado que ordenaba al MNAC devolver las pinturas murales del Real Monasterio de Santa María de Sijena.

El abogado que representa al Ayuntamiento, Jorge Español, ha presentado un incidente de nulidad con este objetivo al entender que el auto lesiona "muy gravemente" su derecho a la tutela judicial efectiva, "contradiciendo incluso lo que la misma decía de que las pinturas podían trasladarse sin sufrir daño alguno".

En su escrito, el letrado señala que el auto amplía los supuestos de inejecución de una sentencia y crea "indebidamente" un nuevo supuesto de imposibilidad de ejecución provisional, de forma que lesiona el derecho mencionado.

Asimismo, indica que la Ley establece que la ejecución de la sentencia no se suspenda aunque el ejecutado, en este caso el MNAC, pudiera padecer algún daño en el futuro.

"La ley no permite anular, dejar sin efecto una ejecución provisional, ni menos paralizarla, porque el ejecutado pudiere acaso recibir eventuales daños en el caso de que se debiese revertir lo ejecutado a la situación de origen que había antes de decretarse la ejecución y ello resultase incluso imposible de forma irremediable", ha considerado Jorge Español.

"Siendo que el MNAC no es el dueño de las piezas, no se logra entender qué clase de caución se hubiese de dar a quien no es más que un aprovechado precarista, que no tiene derecho alguno sobre esas pinturas murales, tal y como dice la sentencia que se ejecuta", ha planteado Español, añadiendo que "quien padecería esos daños por poderse dañar las obras en su traslado, sería el dueño, la Comunidad de monjas de Sijena, pero nunca el aprovechado precarista, que ningún derecho tiene sobre esas piezas y tiene que devolverlas".

POSIBLES DAÑOS

A juicio del abogado, "resulta imposible de entender que en la sentencia se diga que las piezas se pueden trasladar sin sufrir daños y ahora se diga, en el auto, que puede haber daños en su traslado, o lo que es lo mismo, pretender sostener que estas piezas no pueden hacer más que un viaje en toda su vida: el de Barcelona a Sijena y ninguno más".

Por último, el letrado del ayuntamiento ha expresado que "la Sala Capitular del Monasterio de Sijena, lejos de lo que dice el auto de que falta la climatización, está perfectamente preparada para recibir las pituras murales en condiciones de humedad y temperatura constantes con los aparatos que ya hay instalados".

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