La DGA elabora la Orden de ayudas a 13 municipios de Ribagorza y Jacetania para compensar la presencia de los osos

Actualizado: martes, 21 agosto 2007 22:09

ZARAGOZA, 21 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón tiene previsto publicar este mes en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) la Orden para compensar la presencia del oso en las comarcas de la Ribagorza y la Jacetania. El presupuesto que contempla la orden es de 650.000 euros.

El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, servirá para conceder a ganaderos de 13 municipios de la provincia de Huesca ayudas excepcionales para compensar los costes indirectos causados a sus explotaciones durante 2006 en las zonas de presencia del oso pardo.

Según este documento, los términos municipales con presencia continuada del oso en el año 2006 son los de Ansó; Aragüés del Puerto; Aísa; Borau; Jasa; Fago; Valle de Echo; Benasque; Bisaurri; Bonansa; Castejón de Sos; Laspaúles y Montanuy, en las comarcas de Jacetania y Ribagorza.

Las actividades subvencionables son la contratación de pastores; la autoguarda de pastores; la instalación y mantenimiento de parques nocturnos; la posesión y uso de perros de guardia en puerto; la utilización de medios de radiolocalización, y el pastoreo en puerto superior a los cien días al año con al menos el 75 por ciento de los animales solicitados, entendiéndose por pastos de puerto los situados a más de 1.500 metros de altitud sobre el nivel del mar.

El requisito para acceder a las ayudas es el de ser titular de explotaciones ganaderas extensivas de ovino, caprino, vacuno o equino en zonas de presencia continuada de oso pardo, o haber suscrito un contrato de arrendamiento de pastos en alguna de dichas zonas durante al menos las tres campañas anteriores. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes.

El disfrute de la medida contemplada en la Orden se realizará sin perjuicio del abono de los daños provocados por ataque de oso en cualquier sector o zona de ocurrencia, que serán indemnizados, previa demostración de la autoría por parte del oso pardo, por el Departamento de Medio Ambiente, de acuerdo con la Orden de 31 de marzo de 2003, por la que se establecen medidas para la protección y conservación de las especies de fauna silvestre en peligro de extinción.

El oso pardo (Ursus arctos L.) es una especie catalogada en peligro de extinción tanto por el Decreto por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, como por el Real Decreto por el que se aprueba el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

El incremento de la presencia de osos en determinadas áreas del Pirineo aragonés que parece haberse producido durante 2006, y que presumiblemente aumentará en los próximos años como consecuencia de la evolución natural de la población reforzada en la vertiente francesa, ha hecho que se incrementen también las molestias sobre los rebaños, señala la Orden de la DGA.

"Estas molestias provocan un lucro cesante o sobrecoste objetivo en el mantenimiento ordinario de las explotaciones ganaderas que no parece razonable hacer recaer exclusivamente sobre los titulares de dichas explotaciones", indican desde la DGA.

Por consiguiente, "la presencia continuada de ejemplares de oso pardo debe compensarse, entendiendo dicha compensación como una medida de conservación indirecta de la población osera a través de la minimización de los conflictos con los usos humanos y de sus potenciales repercusiones".