Foro advierte de que la Ordenanza de Movilidad aprobada puede ser causa de nulidad

Pelayo Barcia, concejal de Foro Gijón, en rueda de prensa
Pelayo Barcia, concejal de Foro Gijón, en rueda de prensa - FORO GIJÓN
Publicado: miércoles, 3 marzo 2021 13:00

GIJÓN, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

El concejal de Foro en el Ayuntamiento de Gijón Pelayo Barcia Castañón ha advertido este miércoles que creen que el texto modificado de la Ordenanza de Movilidad aprobado por la Junta de Gobierno contiene algunos aspectos novedosos "que podrían ser causa de nulidad de dicha norma", según él.

Barcia, que ha comparecido en rueda de prensa, se ha referido a las modificaciones introducidas tras el acuerdo entre el Gobierno (PSOE+IU) y Ciudadanos, por el que se limita a 2.500 kilómetros anuales la distancia que un vehículo sin distintivo medioambiental podrá circular.

En concreto, han introducido en el artículo 11.2 de la Ordenanza el siguiente párrafo "Excepcionalmente se permitirá la circulación en la zona restringida a aquellos vehículos domiciliados en el Concejo de Gijón que, no siendo históricos, carezcan de distintivo ambiental, y recorran menos de 2500 kilómetros en el año natural, ya sea dentro o fuera de la línea poligonal establecida en el Anexo I"

El edil ha explicado que, con base a la norma, la limitación kilométrica, al no haber sido detallada su determinación, se convierte en una limitación kilométrica general sobre el vehículo y no concreta, sobre un vehículo en un ámbito territorial definido.

El conductor, para poder circular por las zonas delimitadas de Gijón, debe autolimitar o autorregular los kilómetros que recorre en el resto de las diferentes vías existentes que son competencia de otras administraciones, incluso internacionales, donde no existe limitación análoga alguna a la propuesta en el municipio.

A su juicio, esto produce que se invadan las competencias en materia de circulación de otras administraciones y territorios, lo que podría ser causa de nulidad de pleno derecho según el artículo 47.b de la Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

SIN COMPETENCIA MUNICIPAL

"En el momento que la Ordenanza no ofrece una solución técnica para diferenciar entre los kilómetros circulados dentro y fuera del municipio se puede considerar que esta medida afecta a la libre circulación de los vehículos por otros territorios lo que, sin duda, no es competencia de este Ayuntamiento", ha indicado.

Barcia ha señalado que hoy en día, el único proceso fehaciente que tiene las administraciones públicas para conocer los kilómetros circulados por un vehículo es la Inspección Técnica de Vehículos, la cual refleja el kilometraje a fecha de revisión, pero en ningún caso determina dónde se realizaron esos kilómetros.

Por lo tanto, el hecho de que un vehículo deba limitar su kilometraje en otro territorio, donde no existen limitaciones, para obtener un derecho en el municipio de Gijón "es causa de nulidad", ha sostenido.

El edil ha incidido en que, aunque esa limitación de kilometraje en otros territorios podría interpretarse como potestativa, ya que deja a la elección del conductor cómo distribuir esos 2.500 kilómetros o incluso le da la opción de circular sin limitación kilométrica renunciando a usar su vehículo en Gijón, esa supuesta libre decisión de circulación está "viciada y va contra los principios básicos de igualdad", ha asegurado.

Aún a mayores, ha apuntado que el caso es que unas normas locales afectan o limitan derechos supramunicipales, algo que no les sucede al resto de residentes de los 8.130 municipios, que en España no tienen esta norma en su territorio, y, por tanto, no necesiten limitar su kilometraje fuera de su municipio para poder circular con su vehículo en una parte de su municipio.

"La diferencia creada por esta norma es obvia: un vehículo que no tenga pensando circular por Gijón podrá circular libremente sin limitación kilométrica por otros territorios mientras que uno que, sí lo haga o lo quiera hacer, deberá limitar su derecho, con lo que esta norma produce que los vehículos que deban aceptarla no se encontrarán en posición de igualdad cuando circulen fuera de Gijón", ha señalado el concejal.

Barcia ha llamado también la atención sobre que en el caso de que se cambiase la redacción de la norma y la limitación de kilometraje fuera solo en el municipio, al no ofrecer una solución técnica y fehaciente para su determinación, "se convertiría en un acto administrativo de contenido imposible, lo que igualmente es causa de nulidad, en este caso por el artículo 47.c de la misma Ley de Procedimiento administrativo común", ha apuntado.

Según Barcia, al igual que en el anexo V donde se detallan los pasos y los requisitos para obtener la tarjeta de residente o el anexo VI donde se detallan los pasos y requisitos para obtener la tarjeta de estacionamiento de vehículos que transportan a personas con movilidad reducida, la Ordenanza debería venir acompañada de un procedimiento y de unos requisitos detallados. Algo que en este caso no sucede "por ser imposible", ha apostillado.

Ha incidido, asimismo, en que la Ordenanza no solo ni fundamenta ni determina cómo se establece esa limitación kilométrica mediante la inclusión de un Anexo donde se detallase los pasos a seguir, algo que como hemos visto sucede para otros aspectos, sino que tampoco establece ningún sistema de identificación de los vehículos que cumplan con ella, más allá de llevar de una declaración responsable que obviamente no se debe llevar en el parabrisas por contener datos de carácter personal.

Por todo ello, Foro pide que esta nueva redacción sea aclarada y modificada, "ya que es manifiestamente contraria a la Ley y podría causar la nulidad de la Ordenanza de Movilidad", ha opinado Barcia.

FALTA DE RIGOR

"Creemos que estas omisiones y esta falta de rigor en su redacción obedecen a estrategias políticas para ganar tiempo hasta su entrada en vigor, buscando, en un futuro, volver a su redacción original, donde se prohibía la circulación a todos los vehículos sin distintivo de la DGT, argumentando la imposibilidad de incumplir lo acordado por haberse hecho con una redacción ilegal o imposible", ha augurado el concejal 'forista'.

"El Gobierno actúa como auténticos trileros, pactando una cosa con Ciudadanos, pero redactándolo de manera indeterminada, incluso ilegal, para que lo acordado sea de imposible aplicación cuando llegue el momento", ha insistido Barcia.

El edil ha defendido la propuesta de Ordenanza de su grupo municipal, que incluye que los residentes en Gijón que solo tengan un vehículo sin distintivo medioambiental no tengan por qué limitar los kilómetros que circulen o que la prohibición de estacionamiento en zona regulada vaya en paralelo a la prohibición de circulación, llevándola a 2026 y siempre permitiendo que quien puede circular que pueda aparcar.

También piden modificar el Anexo I, donde se establece la zona de circulación prohibida, para que este vaya creciendo acorde a las modificaciones que se hagan en el transporte público y a la creación de aparcamientos disuasorios y no de un día para otro como actualmente se propone.

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