El TSJA declara nulo el juicio del fratricidio de Langreo al carecer de motivación el veredicto del jurado

Actualizado: miércoles, 2 julio 2014 13:52
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OVIEDO, 2 Jul. (EUROPA PRESS) -

    La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), ha declarado nulo el juicio y por lo tanto la sentencia que condena a M.R.B. como autor el 27 de mayo de 2012 en una casa familiar de Las Tejeras-Lada (Langreo), de un delito de lesiones en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente, concurriendo la semieximente de legítima defensa, la agravante mixta de parentesco y abuso de confianza y la atenuante de reparación del daño, en la persona de su hermano JC. R. B., imponiéndose una pena de tres años y seis meses de prisión.

   El TSJA ha ordenando la devolución de la causa a la Audiencia Provincial para la celebración de un nuevo juicio con distinto jurado y magistrado presidente, según ha informado el Tribunal.

   El TSJA estima así el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, contra la sentencia de 23 de Diciembre de 2013 dictada por la Presidenta del Tribunal del Jurado en el ámbito de la Audiencia Provincial de Oviedo.

   La sentencia del TSJA estima ahora el primer motivo del recurso de la Fiscalía, coincidente en lo sustancial, con el primer motivo del recurso de la Acusación Particular, entendiendo que se evidencia que el Jurado no detalla en forma alguna los elementos de convicción tenidos en cuenta para declarar probado que el acusado actuó de forma imprudente y sin intención de causar la muerte de su hermano, por lo que se concluye que la apreciación del Jurado en su veredicto de la existencia de dicha imprudencia con resultado de muerte, "carece de motivación o, en todo caso, se trata de una motivación arbitraria".

LOS HECHOS

   El día 27 de mayo de 2012, sobre las 22.00 horas, JC R.B., en compañía de su compañera sentimental, M.H.H., y de su hermano D.R.B., se dirigió al domicilio de su madre en Las Tejeras (Lada-Langreo), con el fin de mantener una conversación con su hermano M.R.B., dado que había tenido conocimiento de que, en distintas ocasiones había llegado a agredir e insultar a su madre y a su hermana.

   Al llegar a la vivienda, M.R.B. les estaba esperando, y al bajar del coche JC R. y acercarse a M.R. recriminándole que faltase al respeto a su madre, M.R. "de forma sorpresiva y sin mediar palabra, sacó un cuchillo de grandes dimensiones que tenía escondido en la cintura y con intención de ocasionarle la muerte o sabiendas de que podía causársela, le asestó una puñalada a JC. R.B. en la espalda a la altura de los riñones, que provocó que se cayese inmediatamente al suelo, siendo asistido por su hermano D.R.B.

   Éste le cogió en brazos y le llevó al coche no pudiendo circular al colisionar con un árbol y al percatarse D.R.B. de que el acusado huía del lugar en su coche le interceptó requiriéndole para que bajase del vehículo, para poder trasladar en él a JC.R. al hospital, bajándose el acusado del coche y llevando D.R.B. a JC R. al Hospital valle del Nalón donde falleció.