El Gobierno deberá indemnizar a Dragados por paralizar más de medio año un tramo de la Autovía del Agua

Actualizado: martes, 2 marzo 2010 11:53

SANTANDER, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Cantabria deberá indemnizar a Dragados por los perjuicios ocasionados a la empresa al mantener paralizado por más de medio año un tramo de las obras de la Autovía del Agua entre Liendo y Guriezo, que habían sido adjudicadas a la compañía.

Así lo acuerda la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en una sentencia conocida hoy, en la que estima en parte un recurso de la empresa.

Dragados, que fue la adjudicataria del tramo Liendo-Guriezo de la Autovía del Agua, reclamaba algo más de 368.000 euros al Ejecutivo para compensar los daños y perjuicios sufridos durante la ejecución de la obra por la suspensión temporal de los trabajos en un tramo de unos 400 metros.

El TSJC le reconoce en efecto el derecho a una compensación, pero rebaja sus pretensiones económicas y encarga al Gobierno regional que dicte una resolución en la que cuantifique la indemnización, siguiendo unas pautas que establece la sentencia.

El recurso que ha dado lugar a este fallo lo presentó la empresa en julio del año 2008 en vista de que la Consejería de Medio Ambiente no respondía a la reclamación realizada.

Dragados quería que se le compensara por el incremento de los costes de la obra derivados de la suspensión de los trabajos entre los puntos kilométricos 0,000 y 0,400 del tramo Liendo-Guriezo desde el 10 de abril al 30 de octubre del año 2006.

El Gobierno cántabro, en cambio, alegaba que no era responsable de la suspensión de las obras, ya que el problema se debía a que el Ministerio de Fomento no había autorizado la colocación de la tubería definitiva.

Por tanto, decía que la causa del retraso no era imputable a la administración regional y, sin "culpabilidad", no cabría derecho a indemnización. El retraso, a su juicio, formaba parte de los "riesgos imprevisibles que debe asumir el contratista".

Pero el TSJC no comparte esa postura porque, en su opinión, la causa de la suspensión de las obras no se debe a la falta de autorización de Fomento. "La causa directa fue una falta de diseño del proyecto", sostiene la Sala.

De esta forma, reconoce el derecho de Dragados a ser indemnizada, pero no en la medida que reclamaba. La empresa calculaba los daños y perjuicios aplicando ciertos porcentajes sobre el coste total de la obra, pero la sentencia recalca que esos porcentajes se deben aplicar sólo sobre el coste del tramo que estuvo paralizado.

La Sala de lo Contencioso entiende que se deben indemnizar los perjuicios sufridos en concepto de costes directos e indirectos, así como en los gastos generales, y establece los baremos que se deben aplicar para el cálculo final, una labor que encarga al Gobierno regional.