Prisión a un joven que golpeó con un vaso en la cabeza al novio de su ex pareja en una pelea

Actualizado: sábado, 12 diciembre 2009 12:34

El lesionado con el vaso también ha sido condenado a una multa de 450 euros por una falta de maltrato de obra

SANTANDER, 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha condenado a un año y medio de prisión a un joven que golpeó con un vaso en la cabeza al novio de su ex pareja con quien mantuvo una discusión. A su vez, el lesionado, que se pegó con el agresor, deberá pagar una multa de 450 euros como autor de una falta de maltrato de obra.

La sentencia considera probado que sobre las 7,00 horas del día 25 de mayo de 2008, el acusado, Juan G.G., de 28 años de edad, se encontraba en el exterior de un bar situado en Reinosa, cuando pasó por el lugar el también imputado Francisco M.G., compañero sentimental de la ex novia del primero.

Tras un intercambio de palabras entre ambos, el joven que viajaba en el vehículo se bajó del coche y se dirigió al primer acusado, iniciándose una pelea entre ambos, en el curso de la cual, J.G.G. cogió un vaso de cristal con el que golpeó a su oponente en la región frontal izquierda, teniendo que ser separados por terceras personas.

A consecuencia de la agrsión, F.M.G. sufrió una herida inciso contusa en la región frontal de tres centímetros de longitud, policontusiones y cervicalgia postraumática, precisando tratamiento médico consistente en tres puntos de sutura, y su posterior retirada, así como vacunación antitetánica y antiinflamatorios, tardando en curar 15 días impeditivos para sus ocupaciones habituales y quedándole como secuelas, una cicatriz de tres centímetros de longitud en la región frontal izquierda.

A su vez, el joven que le agredió con el vaso sufrió, a consecuencia de sufrir una caída cuando fue separado en la pelea, una herida en un dedo de la mano derecha, precisando para su curación de una primera asistencia facultativa, y tardando en curar 2 días no impeditivos.

La sentencia, que explica que las pruebas practicadas en el acto del juicio acreditan que ambos jóvenes se pelearon por las diferencias existentes entre los mismos y motivadas por la anterior relación que la novia del agredido con el vaso había mantenido con el agresor, señala que el golpe asestado por éste último en la cabeza con un vaso a su contrincante, queda acreditado en virtud de la documentación médica obrante en los autos.

Señala al respecto que la herida inciso contusa recogida en el informe médico forense resulta "plenamente compatible" con el impacto asestado con aquél, extremo además que aparece íntegramente corroborado en la declaración testifical prestada en el juicio por una testigo, quien, "de forma segura y contundente" relató que se pegaron los dos y que vio al procesado con un vaso, que le estampó al otro joven.

CONDENA

Por estos hechos, la juez ha condenado a J.G.G., como responsable de un delito de lesiones, con la circunstancia atenuante de reparación del daño, a la pena de un año y seis meses de prisión, y a indemnizar al lesionado con un total de 2.630,88 euros, además de los intereses correspondientes, de los que 787,05 € son por las lesiones; 1.459,02 € por las secuelas, y 384,91 € por los perjuicios económicos. También deberá hacer frente al pago de las dos terceras partes de las costas causadas.

Igualmente condena a F.M.G., como autor de una falta de maltrato de obra, al pago de una multa de 450 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y al abono de una tercera parte de las costas causadas.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación.